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BOAM nº 9569 (12/02/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

411

Decreto de 8 de febrero de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se nombra el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 154 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, mediante promoción interna independiente.

Mediante Resolución de 7 de noviembre de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.508, de 13 de noviembre de 2023), se convocaron las pruebas selectivas para la provisión de 154 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, mediante el sistema de promoción interna independiente.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias la competencia para el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección del Cuerpo de Policía Municipal, de conformidad con el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

Asimismo, en el apartado 6.º 1.1 del mencionado acuerdo se establece que por parte del Coordinador General de Seguridad y Emergencias se elevará la propuesta de nombramiento de los miembros que componen los tribunales de selección de los procesos selectivos del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

 

Se significa que las personas propuestas reúnen los requisitos establecidos en la base 3 de las específicas de la convocatoria, aprobadas por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias de fecha 31 de octubre de 2023, publicadas en el BOAM núm. 9.503, de 3 de noviembre de 2023, en la base 7.3. de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la promoción interna, aprobadas mediante Resolución de 16 de octubre de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.753, de 21 de octubre de 2020), así como en el resto del ordenamiento.

 

En el punto tercero de la mencionada base 7.3, se establece que los Tribunales de Selección estarán constituidos por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a con voz y voto, y un mínimo de tres Vocales y los correspondientes suplentes, sin que puedan formar parte de ellos el personal de elección designación política, los funcionarios interinos, el personal eventual y el personal laboral o funcionario que hubiese realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo en centros de preparación de opositores/as.

 

Asimismo, establece que todos los miembros deberán poseer titulación de igual o superior nivel a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera, no pudiendo estar formados mayoritariamente por funcionarios pertenecientes al mismo Cuerpo, Escala o Categoría, objeto de la selección.

 

Además, todos ellos deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

 

Por otra parte, en cumplimiento de la base 3 de las específicas que rigen el proceso selectivo y del artículo 40.4 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, se incluye en la propuesta una persona representante de la Comunidad de Madrid, así como su correspondiente suplente.

 

Y por último, tal y como establece la aludida base 7.3 de las generales, a las pruebas selectivas asistirá un observador del desarrollo del procedimiento selectivo, con voz y sin voto, designado a propuesta de las organizaciones sindicales, entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, no siendo necesario que posea titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.

 

En ejercicio de las competencias atribuidas y en base a la propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de fecha 6 de febrero de 2024,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Nombrar miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión de 154 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de promoción interna independiente, convocadas por Resolución de 7 de noviembre de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.508, de 13 de noviembre de 2023), a las siguientes personas:

 

PRESIDENTE:

 

Titular: Gregorio Cappa Clemente.

Suplente: Javier Fernández Ruiz.

 

SECRETARIA:

 

Titular: María del Carmen Morillas Delgado.

Suplente: Carmen Calvo Domínguez.

 

VOCALES:

 

Titular: Fernando Argote Cardeñosa.

Suplente: José M.ª Franco Expósito.

 

Titular: Francisco Adame Antequera.

Suplente: Cristina Núñez Barahona.

 

Titular: Ángela Franco Vega.

Suplente: Nuria Martínez Lebrón.

 

SEGUNDO.- Nombrar observadores del desarrollo del proceso selectivo a las siguientes personas:

 

Titular: Marino Perales Perales.

Suplente: José Francisco Horcajo Hidalgo.

 

TERCERO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la sede electrónica (www.madrid.es).

 

Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó el decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

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