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BOAM nº 8393 (09/05/2019)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

933

Decreto de 15 de abril de 2019 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Escolar de Teatro 2019.

En virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, se procede a aprobar la convocatoria del Certamen Escolar de Teatro 2019, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

CERTAMEN ESCOLAR DE TEATRO 2019

 

CONVOCATORIA

 

La Dirección General de Educación y Juventud del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo del Ayuntamiento de Madrid oferta un programa de actividades educativas diversas que se denomina "Madrid, un libro abierto", el mismo tiene por objeto poner los recursos educativos que proporciona una ciudad como Madrid a disposición de todos los miembros de la comunidad educativa.

Dentro de este programa se convoca el Certamen Escolar de Teatro que se regirá por las disposiciones establecidas en la presente convocatoria.

 

1. Objeto y finalidad del certamen. 

Se convoca este certamen con el objeto de fomentar la participación de los grupos de teatro formados por alumnado matriculado en centros escolares públicos, concertados y privados del municipio de Madrid, con la finalidad de que mejoren su expresión oral, potencien la lectura y comprensión de textos literarios, amplíen su vocabulario y se favorezca el lenguaje corporal y la autoestima. Además, mediante el trabajo en grupo, se potenciarán otros valores formativos, cívicos y sociales.

 

2. Régimen jurídico aplicable al certamen.

2.1. El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

2.2. La financiación de los premios relativos al presente certamen, cuyo importe total asciende a 13.600 €, se imputará a la aplicación presupuestaria 001/027/326.01/482.03 "Premios" del programa "Servicios complementarios de Educación", del vigente presupuesto municipal.

 

3. Destinatarios.

Podrán participar los centros escolares públicos, concertados y privados del municipio de Madrid que impartan estudios de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional Básica y Formación Profesional de Grado Medio.

 

4. Categorías.

Se establecen dos categorías de participación en función de las etapas educativas:

Categoría A: Alumnado de Educación Primaria.

Categoría B: Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, FP Básica y FP de Grado Medio.

 

5. Requisitos.

Los centros deberán cumplir con los siguientes requisitos:

5.1. Constitución de un grupo de teatro con las características que se indican en el punto 6 de la presente convocatoria.

5.2. Deberá haber un profesor/a responsable del grupo que actuará como interlocutor/a entre la Dirección General de Educación y Juventud del Ayuntamiento de Madrid y el centro educativo.

5.3. El Director/a del centro o representante legal deberá cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción, en la que manifiesta que no está incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

5.4. Acreditación del nombramiento del Director/a del centro o representante legal. Se entenderá por responsable del centro, a los efectos de lo establecido en el párrafo anterior, el Director/a del colegio o representante legal. La capacidad legal de la persona representante de la entidad interesada se acredita a través del certificado electrónico de persona jurídica al presentar la solicitud en la sede electrónica.

5.5. Los certificados y declaraciones tienen una validez de seis meses desde la fecha de expedición o emisión. Si hubiesen caducado durante el proceso, el beneficiario deberá presentar una certificación o declaración actualizada a requerimiento del órgano gestor.

 

6. Características de los grupos y condiciones de participación.

6.1. La obra a representar será elegida libremente por cada centro participante, y podrá ser interpretada en cualquier otro idioma distinto al castellano, en cuyo caso será obligatorio presentar el texto traducido a ese idioma.

6.2. El grupo de teatro estará formado por un mínimo de 4 actores y/o actrices, que serán alumnos/as del propio centro.

6.3. En el caso de grupos mixtos (categoría A y B), el número de miembros de la categoría por la que se participa deberá ser como mínimo del ochenta por ciento de sus miembros.

6.4. Las representaciones se harán preferentemente en días lectivos (lunes a viernes), excepcionalmente podrán realizarse en sábado por causas justificadas.

6.5. La duración del montaje no podrá ser inferior a 30 minutos ni superior a 120 minutos para ambas categorías.

6.6. Un mismo centro podrá participar con un máximo de dos montajes por categoría, de la misma o de diferente obra, con actores y actrices diferentes en cada uno de ellos. En el caso de superar dicho máximo, el criterio para la admisión de las solicitudes, será según riguroso orden de entrada de las mismas en cualquiera de los registros señalados en el punto 7.1.

 

7. Plazo de inscripción y entrega de la documentación.

7.1. La convocatoria se publicará en la BDNS y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en su sede electrónica https://sede.madrid.es.

Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo de solicitud que se anexa al presente decreto de convocatoria. El modelo podrá obtenerse de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

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