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BOAM nº 7442 (29/06/2015)
Agencia Tributaria Madrid

1445

Resolución de 26 de junio de 2015 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace público el listado provisional de empleados públicos adscritos a la Agencia Tributaria Madrid solicitantes de ayudas asistenciales, convocatoria 2015, que deben subsanar o aportar documentación.

Recibidas solicitudes de ayudas asistenciales, convocatoria 2015 realizadas por los empleados municipales, adscritos a la Agencia Tributaria Madrid, se ha procedido al estudio de la documentación aportada conforme a las bases reguladoras de dicha ayuda, publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante BOAM) de fecha 29 de diciembre de 2014.

  

En el artículo 7 punto 2 " Subsanación de la Documentación", de las bases generales antes mencionadas, dice que, con carácter trimestral en el caso de las ayudas asistenciales, la Administración publicará en la intranet municipal Ayre y en el tablón de anuncios, en nuestro caso, de la Subdirección General de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, en calle Sacramento, n.º 5 - segunda planta, la relación de requerimientos de subsanación de documentación, identificando suficientemente el defecto o la omisión advertida.

 

Asimismo, se publicará en el BOAM, extracto del anuncio que se expondrá, junto con dicha relación.

 

Los solicitantes que figuren en la relación mencionada, deberán aportar los documentos que correspondan en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento.

 

Transcurrido el plazo de subsanación sin que se aporte la documentación requerida, se tendrá al solicitante como desistido de su petición.

 

De conformidad con el artículo 15.1 apartado L), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, son funciones del Director, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.

 

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, se eleva al Director de la Agencia Tributaria Madrid, para su aprobación, la siguiente propuesta de resolución:

 

"PRIMERO.- Publicar la relación de ayudas asistenciales, solicitadas por los empleados municipales adscritos a la Agencia Tributaria Madrid, incluidas en el listado anexo, que deben subsanar o aportar documentación. 

 

SEGUNDO.- Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios de la S.G. de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, n.º 5 - segunda planta y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y durante diez días hábiles, al final de los cuales deberá retirarse tanto del tablón como de la intranet municipal Ayre.

 

 TERCERO.- Contra esta resolución, el personal funcionario, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la presente resolución.

 

 El personal laboral podrá interponer contra esta resolución, ante el órgano que adoptó la misma, la reclamación previa a la vía judicial laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, en relación con los artículos 120, 121 y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero".

 

Madrid, a 26 de junio de 2015.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Antonio Álvarez Dumont.

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