BOAM nº 9186 (22/07/2022)
Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social
2245
Decreto de 12 de julio de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social por el que se resuelve la convocatoria de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud de Becas y Ayudas al estudio de carácter general para ex alumnos de la Residencia Internado San Ildefonso y ex alumnos del colegio público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos de Loterías y Apuestas del Estado, curso 2021/2022.A la vista de la documentación remitida por la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y Juventud relativa a la resolución de la convocatoria de Becas y Ayudas al estudio de carácter general para ex alumnos de la Residencia Internado San Ildefonso y ex alumnos del colegio público San Ildefonso que han participado en los sorteos de Loterías y Apuestas del Estado, curso 2021/2022 y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión de las becas y ayudas de los solicitantes relacionados en el Anexo I, en resolución de la Convocatoria de Becas y Ayudas al estudio de carácter general para ex alumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y ex alumnos/as del colegio público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos organizados por Loterías y Apuestas del Estado, curso académico 2021/2022, aprobada por Decreto de 9 de septiembre de 2021.
SEGUNDO.- Desestimar las solicitudes que figuran relacionados en el Anexo II, por las causas que se indican en el mismo.
TERCERO.- Aprobar la subrogación en el cobro de la beca concedida a los beneficiarios/as menores de edad, a favor del padre, madre, tutora o tutor, según relación adjunta como Anexo III.
CUARTO.- Contra la resolución que se dicte, que pondrá fin a la vía administrativa, se podrán interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha indicada, todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Madrid, a 12 de julio de 2022.- El Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, José Aniorte Rueda.