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BOAM nº 9670 (09/07/2024)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

2384

Resolución de 8 de julio de 2024 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se modifica la Resolución de 27 de junio de 2024 por la que se excluye del proceso selectivo a los/las aspirantes que no han acreditado el cumplimiento del requisito establecido en el apartado c) de la base específica tercera de las que rigen la convocatoria del proceso selectivo para proveer 126 plazas de personal funcionario/a de carrera de la categoría de Bombero/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

Por Decreto de 7 de diciembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias se aprobaron las bases específicas que rigen el proceso selectivo convocado para proveer 126 plazas de funcionario/a de carrera de la categoría de bombero/a especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

 

La base específica tercera «Requisitos de los aspirantes» establece que, en cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria. El Tribunal de Selección acordó en la sesión celebrada el día 23 de abril de 2024, requerir a los/las aspirantes la presentación de la documentación acreditativa de estar en posesión del permiso de conducción de clase B en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, dicho acuerdo fue publicado en el Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento de Madrid el 26 de abril de 2024, para general conocimiento.

 

Así mismo, la citada base específica tercera dispone que, «en caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúna uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al/a la interesado/a, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as».

 

Concluido el plazo establecido en el requerimiento y a la vista de los resultados obtenidos, el Tribunal Selección acordó en la reunión celebrada el día 28 de mayo de 2024 otorgar a los/las interesados/as un periodo de trámite de audiencia para que, tanto los/las aspirantes que, comprobada la documentación aportada, no cumplen el requisito de estar en posesión del permiso de conducción de la clase B en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, como los/las aspirantes que no han presentado la documentación acreditativa de cumplimiento de dicho requisito, aleguen y presenten los documentos y justificaciones que consideren oportunos en defensa de sus intereses, dicho acuerdo fue publicado en el Tablón de Edictos y en la página web del Ayuntamiento de Madrid el 31 de mayo de 2024, para general conocimiento.

 

Una vez finalizado el periodo del trámite de audiencia, el Tribunal de Selección en la reunión celebrada el día 14 de junio de 2024, ha emitido la siguiente propuesta de exclusión:

 

«Excluir del proceso selectivo convocado mediante Resolución de 21 de diciembre de 2023 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias para la provisión de 126 plazas de funcionario/a de carrera de la categoría de Bombero/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, a los aspirantes que se ha constatado que no cumplen el requisito de estar en posesión del permiso de conducción de la clase B en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y a los/las aspirantes que no hayan presentado la documentación acreditativa de cumplimiento de dicho requisito a fecha de la resolución de exclusión que formule el órgano competente».

 

En virtud de lo anterior, mediante Resolución de 27 de junio de 2024 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.664, de 1 de julio de 2024), se excluye del proceso selectivo de referencia a 20 aspirantes por no cumplir el requisito de estar en posesión del permiso de circulación B al finalizar el plazo de presentación de solicitudes y a 777 que no atendieron los requerimientos efectuados por el Tribunal de Selección, y por consiguiente, no han presentado la documentación acreditativa del cumplimiento de dicho requisito.

 

Después de la firma de la mencionada resolución, uno de los 777 aspirantes excluidos por no remitir la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito citado, presenta voluntariamente el permiso de conducir requerido, por lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se admite la documentación acreditativa del requisito de referencia, al haberse remitido antes del día en que se notifica la resolución, procediendo, por tanto su admisión en el proceso selectivo.

 

Posteriormente, para garantizar el acceso al empleo público, conforme a los principios constitucionales que deben regir todos los procedimientos de concurrencia competitiva que se celebren en una Administración Pública, ante el elevado número de aspirantes excluidos, por la Dirección General de Bomberos se eleva consulta masiva a la Dirección General de Tráfico, a través de la herramienta de intermediación de datos, sobre el cumplimiento del requisito de estar en posesión del permiso de conducción de clase B, a fecha de finalización del plazo de solicitudes, de las 767 personas que, no habiendo atendido los requerimientos del Tribunal de Selección, se ha constado que en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas han dado su consentimiento para la consulta de sus datos, siendo 9 los aspirantes que no se ha podido consultar por haberse opuesto a que el centro gestor del proceso de selección y nombramiento consulte o recabe cualquier documento de las Administraciones, asumiendo la responsabilidad de aportar la documentación acreditativa en los términos y plazos previstos en las bases de la convocatoria y resto de normativa vigente.

 

Una vez recibida la respuesta a la consulta efectuada ante la Dirección General de Tráfico, resulta que 715 aspirantes cumplen el requisito de estar en posesión del carnet de conducir de clase B en fecha y 53 no consta que cumplan dicho requisito, 19 de ellos por no haber obtenido el permiso de circulación dentro del plazo de presentación de solicitudes y 34 por no constar datos referentes al permiso de circulación.

 

En consecuencia, procede dictar Resolución modificando la Resolución de 27 de junio de 2024 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, en el sentido de excluir a 62 aspirantes, que figuraban como admitidos/as en la relación definitiva aprobada por Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de 20 de marzo de 2024 (BOAM núm. 9.598, de 22 de marzo de 2024), en lugar de los 777 que figuran en el Anexo de la Resolución de 27 de junio de 2024, por no quedar acreditado el cumplimiento de dicho requisito.

 

Corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias convocar, gestionar y resolver las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de Bomberos, sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

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