BOAM nº 5893 (13/02/2009)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
246
Acuerdo de 5 de febrero de 2009 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.La Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (en adelante, LCREM), en su artículo 14.3.h), atribuye al Alcalde la competencia para acordar al inicio del mandato el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración municipal. Por su parte, el artículo 17.1 h) de la citada Ley asigna a la Junta de Gobierno la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Al amparo de dichas previsiones, la Junta de Gobierno, mediante Acuerdo de 5 de junio de 2008, estableció la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública delegando competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos. El presente Acuerdo supone la modificación parcial de las competencias que ostenta el titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública en materia de política financiera, con el objeto de que tenga delegada la competencia para aprobar la concertación de operaciones de crédito a corto plazo, en todas sus modalidades.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 h) y 17.2 de la LCREM y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de febrero de 2009,
ACUERDA
PRIMERO.- Modificar el artículo 3, apartado 3.3.1, del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos, que queda redactado en los siguientes términos:
"3.1. En materia de política financiera:
a) Aprobar la concertación de las operaciones de crédito a corto plazo, en todas sus modalidades.
b) Elevar la aprobación de las operaciones de crédito a largo plazo, en todas sus modalidades, y las destinadas a cobertura y gestión de riesgos derivados de la evolución de los tipos de interés y tipos de cambio.
c) Formalizar las operaciones de crédito, a corto y a largo plazo, en todas sus modalidades y las destinadas a cobertura y gestión de riesgos derivados de la evolución de los tipos de interés y tipos de cambio".
SEGUNDO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.
TERCERO.- Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.
CUARTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
QUINTO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.
Madrid, a 5 de febrero de 2009.- El Director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.