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BOAM nº 10012 (24/11/2025)
Coordinación General de la Alcaldía

4357

Resolución de 20 de noviembre de 2025 de la Coordinadora General de la Alcaldía por la que se aprueba la Instrucción para la coordinación y tramitación electrónica de propuestas normativas.

Mediante Acuerdo de 14 de mayo de 2020, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobó las directrices sobre el expediente normativo, dando cumplimiento a una de las medidas previstas en el Plan de Gobernanza y Simplificación Normativa del Ayuntamiento de Madrid de 6 de febrero de 2020.

 

Las citadas directrices han permitido facilitar la confección del expediente administrativo de elaboración de las ordenanzas y reglamentos municipales, al determinar cuáles son los documentos que deben formar parte de este; así como los órganos encargados de su formación y de la remisión de los documentos para su publicación en la Huella Normativa del Portal de Transparencia.

 

No obstante, tal y como se recoge en el Plan de Calidad Institucional del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 30 de noviembre de 2023 (en adelante, el Plan), la ejecución de las distintas iniciativas incluidas en el Plan Normativo del Ayuntamiento de Madrid precisa establecer criterios comunes de actuación dirigidos a todas las áreas de gobierno, de forma que se consiga agilizar la tramitación de los anteproyectos normativos.

 

En este sentido, el Plan contempla entre sus medidas la aprobación por parte de la Coordinación General de la Alcaldía de una instrucción sobre el seguimiento del proceso normativo que establezca los mecanismos adecuados para supervisar el procedimiento de redacción y tramitación de los anteproyectos normativos en sus distintas fases, potenciando la colaboración entre las áreas promotoras de cada anteproyecto y los órganos que deban emitir los distintos informes preceptivos sobre aquel y posibilitando la creación de grupos de trabajo multidisciplinares a los que encargar la redacción de los anteproyectos.

 

Al mismo tiempo, contempla la necesidad de implementar una aplicación informática que contenga un registro ordenado, sistemático y completo de todas las fases y documentos integrantes del expediente de elaboración de cada norma, que se coordine automáticamente con la Huella Normativa del Portal de Transparencia.

 

La presente instrucción tiene por objeto la implantación de estas medidas, estableciendo los criterios para coordinar la tramitación de las propuestas normativas y previendo el desarrollo de una aplicación informática que permita generar el expediente normativo electrónico.

 

Al mismo tiempo, al amparo de la facultad reconocida a la Coordinación General de la Alcaldía en el apartado segundo del Acuerdo de 14 de mayo de 2020 de la Junta de Gobierno para dictar las resoluciones precisas para el desarrollo y ejecución del citado acuerdo, la instrucción tiene también por objeto desarrollar la documentación que debe formar parte del expediente normativo electrónico y su publicación en la Huella Normativa del Portal de Transparencia, de forma que la coordinación de la tramitación de las propuestas normativas abarque también la coordinación con los sistemas de información jurídica municipales.

 

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el apartado segundo del Acuerdo de 14 de mayo de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices sobre el expediente normativo; en el punto 5.2 de las directrices sobre el expediente normativo; en el punto 3.5 del Plan de Calidad Institucional del Ayuntamiento de Madrid y en los apartados 3.º 2.1 d) y f ) y 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la Instrucción para la coordinación y tramitación electrónica de propuestas normativas, que se inserta como anexo.

 

SEGUNDO.- La instrucción se aplicará de forma obligatoria a los procedimientos normativos iniciados a partir del 1 de enero de 2026.

 

TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas instrucciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en la presente resolución.

 

CUARTO.- La presente resolución surtirá efectos desde el día de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 20 de noviembre de 2025.- La Coordinadora General de la Alcaldía, María Inmaculada Sánchez-Cervera Valdés.

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