BOAM nº 6975 (02/08/2013)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
1589
Decreto de 12 de julio de 2013 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi para el año 2013.De conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en relación con el 39 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2013, y en virtud de las atribuciones delegadas por el artículo 3.2.a) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 16 de mayo de 2013, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, y a la vista de las actuaciones contenidas en el expediente,
DISPONGO
Aprobar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi para el año 2013, así como las bases reguladoras de la misma, cuyo contenido forma parte del presente Decreto y figura anexo al mismo.
Madrid, a 12 de julio de 2013.- El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Diego Sanjuanbenito Bonal.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS CON BAJAS EMISIONES DESTINADOS AL SERVICIO DE AUTOTAXI PARA EL AÑO 2013
El Ayuntamiento de Madrid ha establecido como una de sus prioridades la mejora de la calidad del aire. Entre los factores que inciden negativamente en las condiciones del medio ambiente se encuentra la emisión de gases contaminantes que produce el parque circulante de vehículos en la ciudad. En este sentido, se constata más concretamente que el parque de vehículos autotaxi representa una importante fuente de emisiones debido a la combinación de dos factores: la cantidad total de kilómetros que recorre y la configuración actual de la flota, compuesta en un 90% por vehículos propulsados por combustible convencional (gasóleo) con elevado factor de emisión de óxidos de nitrógeno y partículas.
De acuerdo con los principios y objetivos de la Directiva 2008/50/CE, de 21 de mayo, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera mas limpia en Europa, que ha sido incorporada al Ordenamiento jurídico interno mediante el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, el Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el Plan de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid 2011-2015, entre cuyos objetivos figura el fomento de un transporte público más eficiente y sostenible, y entre las medidas a adoptar para su cumplimiento el impulso de la renovación de la flota de taxis a tecnologías y combustibles menos contaminantes, habilitando una línea de subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi.
En esta misma línea de actuación, el Ayuntamiento de Madrid aprobó en los ejercicios 2011 y 2012 convocatorias de subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi por un importe global de 415.000 euros para un total de 415 vehículos.
Por tanto, en este ejercicio 2013, se va a realizar una nueva convocatoria pública para la concesión de subvenciones por un importe total de 79.000 euros. Al igual que en las anteriores convocatorias, los vehículos destinatarios de la subvención deberán reunir una serie de condiciones y características, estableciéndose, además, en la convocatoria, unos límites de emisiones de gases que deben cumplir.
La presente convocatoria se aprueba en el marco de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid 2013, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, incluyéndose en la misma los criterios, requisitos y condiciones por lo que habrá de regirse la concesión de subvenciones, con arreglo a las siguientes especificaciones:
Base primera. Objeto y gestión.
El objeto de esta convocatoria es regular un procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones, cuya finalidad es financiar a los profesionales del taxi, la adquisición de vehículos destinados al servicio de autotaxi que cumplan las características y los límites de emisiones de gases establecidos en la Base sexta de esta convocatoria.
Solo podrán ser objeto de subvención los vehículos nuevos que se adquieran en el periodo comprendido entre la fecha de publicación de la presente convocatoria y la fecha máxima para justificar la subvención que se fija en la base decimotercera.
Las subvenciones serán gestionadas por la Subdirección General de Movilidad, del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.
Base segunda. Régimen jurídico.
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se regularán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, por las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid, así como por las disposiciones administrativas concordantes.
Base tercera. Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención.
El Ayuntamiento de Madrid aportará un importe máximo de 1.000 euros por cada autotaxi adquirido, hasta una cantidad máxima total estimada de 79.000 euros, que se financiará con cargo a la partida presupuestaria 2013/001/015/133.04/779.99 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2013. Se subvencionará un máximo de 79 vehículos.
Base cuarta. Gastos subvencionables.
Se considerarán gastos subvencionables los gastos de adquisición del vehículo, con exclusión del IVA, a efectos de lo dispuesto en el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Base quinta. Compatibilidad de la subvención.
Las subvenciones reguladas en la presente convocatoria son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Base sexta. Condiciones y requisitos de los vehículos.
Los beneficiarios podrán seleccionar el vehículo autotaxi que deseen adquirir de entre las distintas marcas y modelos de vehículos que estén autorizados por el Ayuntamiento de Madrid.
Los límites de emisiones que debería cumplir todo vehículo autotaxi para poder beneficiarse de la subvención serán:
- Emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx): hasta 80 mg/km.
- Emisiones de dióxido de carbono (CO2): hasta 160 gr/km.
En el caso de que se opte por un vehículo alimentado con gas natural o con gases licuados del petróleo, la adaptación del mismo para su funcionamiento con este tipo de combustible deberá haberse realizado y aparecer reflejada en la ficha técnica del vehículo a la fecha de justificación de la subvención.
Base séptima. Condiciones y requisitos para obtener la condición de beneficiario.