BOAM nº 7263 (01/10/2014)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
1751
Resolución de 29 de septiembre de 2014 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación del Decreto de 7 de septiembre de 2014 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se aprueba la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi para el año 2013.En virtud de lo establecido en el artículo 8.b) del Decreto de 17 de enero de 2013 de la Alcaldesa por el que se delegan competencias en los titulares de los órganos superiores y de los órganos directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos (BOAM de 24 de enero de 2013), y a los efectos previstos en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC),
RESUELVO
Ordenar la publicación del Decreto de 7 de septiembre de 2014, del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se aprueba la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi para el año 2013, con el siguiente contenido:
"Vista la propuesta realizada por el Subdirector General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi, como órgano competente para la instrucción del procedimiento, y en virtud de las competencias delegadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de 6 de febrero de 2014, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y delegan las competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos,
DECRETO
PRIMERO: Aprobar la concesión de una subvención para la adquisición de un vehículo con bajas emisiones destinados al servicio de autotaxi para el año 2013, a cada uno de los 79 titulares de licencia de autotaxi que se relacionan en el Anexo I, en la cuantía especificada en el mismo.
Para el pago de la subvención deberá presentarse en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", de conformidad con lo establecido en la base decimotercera de la convocatoria.
SEGUNDO: A los efectos previstos en el artículo 63.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobar como Anexo II un listado ordenado de los 71 solicitantes de la subvención que reúnen los requisitos para adquirir la condición de beneficiario, cuyas solicitudes no son estimadas por rebasar la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria.
TERCERO: Desestimar las solicitudes contenidas en el Anexo III por los motivos especificados en el mismo.
CUARTO: Publíquese el presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) y en el tablón de anuncios del Registro del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (calle Albarracín, núm. 33)".
Madrid, a 29 de septiembre de 2014.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.