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BOAM nº 6332 (17/12/2010)
Agencia para el Empleo de Madrid

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Resolución de 2 de diciembre de 2010 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria y bases de becas y de Ayudas al Estudio del Programa "Urban Villaverde" 2011.

La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad la gestión de las políticas municipales de empleo mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de los desempleados y trabajadores, y el fomento del empleo estable y de calidad.

 

El Proyecto "Urban Villaverde", aprobado para ser subvencionado mediante Resolución de 5 de junio de 2008 de la Subdirección General de Administración FEDER del Ministerio de Economía y Hacienda, es un programa de intervención territorial, que se plantea como un proyecto integrado y en su estrategia y objetivos se marca, entre otros, el eje estratégico de accesibilidad al pleno empleo, autoempleo y fomento del tejido empresarial socialmente responsable.

 

La Agencia para el Empleo de Madrid aporta dentro de este eje su experiencia en lo relativo a la mejora de la empleabilidad e inserción laboral de los desempleados, y especialmente su experiencia en programas de integración laboral de personas en riesgo de exclusión social a través de la formación para el empleo.

 

El objetivo será mejorar la cualificación profesional de los trabajadores y de los colectivos desfavorecidos o en riesgo de exclusión que están dentro de la zona de actuación del programa, el Distrito de Villaverde. Para ello se van a desarrollar una serie de acciones de formación para el empleo.

 

La Agencia para el Empleo de Madrid al objeto de facilitar la asistencia y tratar de remover los obstáculos que puedan impedir la participación en tales actividades formativas, promueve la concesión de Ayudas al Estudio por cada día de asistencia a las acciones formativas, dentro de los límites que permite la dotación presupuestaria que, para cada año, se fija en los presupuestos de la Agencia para el Empleo de Madrid.

 

Para el programa "Urban Villaverde" se contempla la posibilidad de que los participantes en las acciones de formación para el empleo sean perceptores de estas ayudas a través de becas y, para ello, se ha elaborado la presente convocatoria de becas de ayuda a la participación y asistencia a las acciones formativas.

  

A la vista de lo expuesto y en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 154, de 30 de junio de 2004), procede, previa la preceptiva fiscalización, proponer al Gerente de la Agencia, para su aprobación, la siguiente propuesta de resolución:

 

PRIMERO: Aprobar la convocatoria y bases de becas y de Ayudas al Estudio del "Urban Villaverde", propuestas por la Subdirección General de Formación Ocupacional que se adjuntan como Anexo a esta resolución.

 

SEGUNDO: Autorizar un gasto por una cuantía total máxima de ciento catorce mil setecientos noventa (114.790,00) euros, destinado a esta convocatoria, con cargo a los créditos disponibles del Presupuesto de Agencia para el Empleo para 2011, aplicación 503/075/241.05/482.01, "Gestión de Fondos Europeos. Urban. Becas". La concesión de la subvención queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

 

TERCERO: Publíquese la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Local Agencia para el Empleo de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 154, de 30 de junio de 2004), vengo a aprobar la presente resolución.

 

Madrid, a 2 de diciembre de 2010.- El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Javier Serrano de Toledo.

 

CONVOCATORIA Y BASES DE BECAS Y DE AYUDAS AL ESTUDIO DEL PROGRAMA "URBAN VILLAVERDE" 2011.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 154, de 30 de junio de 2004), la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de los desempleados y trabajadores, y el fomento del empleo estable y de calidad.

 

Para llevar a cabo estos fines atendiendo tanto a las directrices europeas, "Directrices integradas para el crecimiento y el empleo 2005-2008", como a las nacionales, "Programa Nacional de Reformas de España", una herramienta fundamental es la formación. Formación como medio de avanzar hacia la sociedad del conocimiento, como garante de que los trabajadores tendrán, en todo momento, los conocimientos teórico-prácticos requeridos por las distintas cualificaciones demandadas en el mercado laboral.

 

El Proyecto "Urban Villaverde", aprobado para ser subvencionado mediante Resolución de 5 de junio de 2008 de la Subdirección General de Administración FEDER del Ministerio de Economía y Hacienda, es un programa de intervención territorial, que se plantea como un proyecto integrado y en su estrategia y objetivos se marca, entre otros, el eje estratégico de accesibilidad al pleno empleo, autoempleo y fomento del tejido empresarial socialmente responsable.

 

La Agencia para el Empleo de Madrid aporta dentro de este eje su experiencia en lo relativo a la mejora de la empleabilidad e inserción laboral de los desempleados, y especialmente su experiencia en programas de integración laboral de personas en riesgo de exclusión social a través de la formación para el empleo.

 

El objetivo será mejorar la cualificación profesional de los trabajadores y de los colectivos desfavorecidos o en riesgo de exclusión que están dentro de la zona de actuación del programa, el Distrito de Villaverde. Para ello se van a desarrollar una serie de acciones de formación para el empleo.

 

La Agencia para el Empleo de Madrid, al objeto de facilitar la asistencia y tratar de remover los obstáculos que puedan impedir la participación en tales actividades formativas, promueve la concesión de Ayudas al Estudio por cada día de asistencia a las acciones formativas, dentro de los límites que permite la dotación presupuestaria que, para cada año, se fija en los presupuestos de la Agencia para el Empleo de Madrid.

 

Señalar que si bien el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 55 como procedimiento ordinario de concesión, la concurrencia competitiva, atendiendo al fin social de estas subvenciones cuyos destinatarios son desempleados que, en muchos casos precisan estas ayudas para poder participar en los cursos y, asimismo, a que el crédito previsto en esta convocatoria se prevé suficiente para atender a las solicitudes que se presenten en el plazo abierto a tal efecto, no establecerá para su concesión ningún orden de prelación en las solicitudes tramitadas inicialmente y tan sólo, en el supuesto de que se fuese a agotar el crédito disponible, se establecerá un orden cronológico atendiendo, en primer lugar a la fecha de inicio de los cursos y, dentro de éstos, a la fecha y orden de presentación de solicitud de cada beneficiario.

 

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