BOAM nº 5824 (17/06/2008)
Distrito de Villa Vallecas
1956
Resolución de 22 de enero de 2008 de la Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, expediente número 120/2007/04676, por la que se impone una sanción a El Sofocón, C.B.Intentada sin efecto la notificación al interesado, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Villa de Vallecas, paseo de Federico García Lorca, 12:
Titular: El Sofocón, C.B.
Situación: Calle Palazuelos, 54.
Expediente: 120/2006/04676.
Hechos denunciados: 1. Carece de hojas de reclamaciones. 2. Carece de cuarto de basuras. 3. Carece de taquillas y/o vestuarios. 4. Carece de lavamanos de accionamiento no manual en barra y cocina. 5. La ventana de la cocina carece de malla protectora anti-insectos, igualmente carece de aparato anti-insectos de naturaleza no química. 6. El aseo del personal carece de agua caliente. 7. Las fuentes de iluminación de la cocina no se encuentran protegidas de modo que se evite la contaminación de los alimentos en caso de rotura. 8. Carece de zona exclusiva para el almacenamiento de productos de limpieza. 9. El cubo de basura no es de cierre hermético y apertura no manual. 10. Los congeladores y cámaras frigoríficas carecen de termómetros que permitan controlar la temperatura. 11. No se reserva muestra testigo de los menús servidos. 12. La cámara frigorífica se encuentra averiada. Las estanterías de la cámara frigorífica están oxidadas y 13. Las condiciones de limpieza de cocina y barra son deficientes (acumulo de suciedad en paredes y suelo). Las condiciones de orden y limpieza del aseo del personal son muy deficientes (se utiliza como almacén de cajas).
Norma infringida: Artículos 50.14 de la Ley 11/98, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid en relación con el artículo 4.1 del Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos (hecho 1) y 47.1 de la Ley 11/98 en relación con el artículo 3.4 del Real Decreto 3484/2000 de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (hecho 4) y el mismo artículo 47.1 de la Ley 11/98 en relación con los artículos 6.4, 6.6, 27, 16.5, 13.6, 14.6, 13.10, 21, 69.2, 22 de la Ordenanza reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias y protección de los consumidores en establecimientos donde se consumen comidas y bebidas (B.O.C.M. nº 78 de 2 de abril de 1990) (hechos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 respectivamente).
Calificación de la infracción: Leves, según el artículo 52.2 de la 11/98 ya citada.
Sanción: 2.600,00 euros. Artículo 53.1 de la misma ley.
El importe de la sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en el Negociado de Gestión del Distrito de Villa de Vallecas, en el paseo Federico García Lorca, 12, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes y durante el plazo de un mes.
Lo que le comunico para su conocimiento, efecto y exacto cumplimiento advirtiéndole que esta resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponer los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la Gerente de esta Junta de Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, en virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, podrá interponer este recurso en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición interpuesto, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992 y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III.- No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que considere pertinente para la defensa de sus derechos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.2 de la citada Ley 30/1992.
Madrid, a 22 de enero de 2008.- La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.