BOAM nº 5896 (24/02/2009)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
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Resolución de 18 de febrero de 2009 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se convoca para su provisión un puesto de trabajo por el procedimiento de Libre Designación LD-IAM 1/2009.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el artículo 52 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado (Boletín Oficial del Estado de 10 de abril de 1995), se acuerda la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I, con arreglo a las siguientes bases:
PRIMERO. El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios de carrera que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos en las relaciones de puestos de trabajo.
SEGUNDO. Las personas interesadas dirigirán su solicitud, al Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Subdirección General de Recursos Humanos y Administración, Albarracín, 33, Madrid, en el modelo de instancia publicado como Anexo II de la presente Resolución, presentando las instancias en el Registro del propio Organismo Autónomo, en los restantes Registros del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
TERCERO. El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
CUARTO. Los aspirantes acompañarán a la solicitud el "currículum vitae", en el que figuren los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos de formación realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
QUINTO. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha en que se publique esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 18 de febrero de 2009.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Jorge García Reig.