Saltar navegación

BOAM nº 6344 (07/01/2011)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

23

Acuerdo de 5 de enero de 2011 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 18 de junio de 2007, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Obras y Espacios Públicos y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

La Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en su artículo 14.3.h), atribuye al Alcalde la competencia para acordar, al inicio del mandato, el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración municipal. Por su parte, el artículo 17.1 h) de la citada Ley asigna a la Junta de Gobierno la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

 

Al amparo de dichas previsiones, la Junta de Gobierno, mediante Acuerdo de 18 de junio de 2007, estableció la organización y estructura del Área de Gobierno de Obras y Espacios Públicos delegando competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

 

El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquél, en lo relativo a supresión de las competencias que, en materia del alumbrado público, venía ejerciendo la Dirección General de Vías y Espacios Públicos, en el tramo de la carretera M-40, que discurre por el término municipal de Madrid y en los tramos afectados por el Convenio suscrito entre el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, con fecha 13 de febrero de 1986, modificado el 2 de diciembre de 1988.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Obras y Espacios Públicos y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 5 de enero de 2011,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Suprimir la letra d) del punto 1.2 del apartado 1 del artículo 9 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio de 2007, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Obras y Espacios Públicos y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

 

SEGUNDO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Obras y Espacios Públicos a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

 

TERCERO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.

 

CUARTO.- Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.

 

QUINTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid a efectos de conocimiento general.

 

SEXTO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 5 de enero de 2011.- El Director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, P.S., el Subdirector General, Cirilo García Teresa.

Subir Bajar