BOAM nº 10053 (28/01/2026)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
257
Resolución de 26 de enero del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer, mediante turno libre, 122 plazas de la categoría de Auxiliar Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 18 de septiembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.721, de 20 de septiembre de 2024), fueron convocadas pruebas selectivas para proveer 122 plazas de la categoría de Auxiliar Servicios Sociales de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.
Mediante Resolución de 20 de noviembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.011 de 21 de noviembre de 2025) se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo, iniciándose a partir del día siguiente el plazo para que los aspirantes puedan presentar los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los apartados 10.1 y 11.1 de las bases generales que rigen la convocatoria, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Recursos Humanos.
Mediante Resolución de 15 de diciembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.028 de 17 de diciembre de 2025) se dispone el nombramiento, como funcionarios/as de carrera, de 120 de los aspirantes aprobados al no haber presentado la documentación acreditativa de los requisitos dos de ellos por lo que se dejaron sin efectos las actuaciones relativas a su nombramiento. De los 120 aspirantes nombrados por la Resolución citada en el párrafo anterior, uno de ellos no ha tomado posesión en el plazo reglamentariamente establecido por lo que no ha adquirido la condición de funcionario de carrera en la categoría.
Por ello, conforme a lo previsto en la base 10.2 de la Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, el órgano competente ha requerido del órgano de selección relación complementaria de los/las aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios/as de carrera, disponiéndose que por el órgano competente se proceda a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación complementaria incorporada como Anexo, iniciándose a partir del día siguiente el plazo para que los aspirantes puedan presentar los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los apartados 10.1 y 11.1 de las bases de aplicación
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14º 1.2 b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172 de 21 de julio de 2023).
En su virtud, se aprueba la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la incorporación de las personas aspirantes que figuran en el Anexo a la presente resolución que, de conformidad con la propuesta del Órgano de Selección, han superado el proceso selectivo convocado por 18 de septiembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.721, de 20 de septiembre de 2024), para proveer 122 plazas de la categoría de Auxiliar Servicios Sociales de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid, con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos.
SEGUNDO.- Disponer la publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) de los puestos a ofertar a los aspirantes.
TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el apartado 11 de las bases generales y al objeto de ser nombrados funcionarios de carrera en la categoría de Auxiliar Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid, los aspirantes deberán presentar dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la relación complementaria de aspirantes en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, los documentos que a continuación se relacionan:
- Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de este.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
- Certificación expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia, en el que constará que no existe información penal del/de la interesado/a.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública. (Documento IN.2)
- Los/las aspirantes que hayan participado por el turno de discapacidad deberán aportar certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma, salvo que dicho certificado se hubiera emitido por la Comunidad de Madrid y se hubiera habilitado al Ayuntamiento de Madrid para su consulta en el apartado previsto a tal efecto en la solicitud de admisión. En todo caso, deberán aportar la certificación de compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.