BOAM nº 6179 (10/05/2010)
Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad
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Decreto de 26 de abril de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad por el que se convocan 24 plazas de la categoría de Suboficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.Por la Dirección General de Seguridad se ha formulado propuesta para convocar pruebas selectivas por el sistema de concurso-oposición para proveer 24 plazas de la categoría de Suboficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, que quedaron sin cubrir en la convocatoria de 26 plazas incluida en la Oferta de Empleo Público Complementaria correspondiente al ejercicio 2006.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad la competencia para convocar y resolver las pruebas selectivas para el acceso a la categoría de Suboficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid en ejecución de la Oferta de Empleo Público 2006, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 3 de diciembre de 2009 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación de dichas competencias.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas por el mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 3 de diciembre de 2009,
D I S P O N G O
PRIMERO.- Convocar, en ejecución de la Oferta de Empleo Público Complementaria del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio de 2006, pruebas selectivas para proveer por concurso-oposición 24 plazas de la categoría de Suboficial del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, todas ellas encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Municipal, que corresponden al Grupo A Subgrupo A2 de titulación, de los previstos en el artículo 76 y en la Disposición transitoria tercera del vigente Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.
La presente convocatoria está regulada por las Bases que habrán de regir las pruebas selectivas para esta categoría, aprobadas por Decreto de la Concejala Delegada de Personal de fecha 24 de noviembre de 2006, con las adaptaciones necesarias debido a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Igualmente se ha de significar que en virtud de la delegación de competencias efectuadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 3 de diciembre de 2009, todas las referencias a la Concejala Delegada de Personal se entenderán referidas al Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, y las efectuadas a la Subdirección General de Selección de Personal funcionario y laboral, quedarán referidas a la Subdirección General de Gestión de Recursos Humanos y Calidad de la Dirección General de Seguridad.
SEGUNDO.- Efectuar las adaptaciones de las mencionadas Bases de Convocatoria que se citan a continuación, en los apartados siguientes, que resultan necesarias debido a la entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
1.2 Legislación aplicable.
Al proceso selectivo le será de aplicación además de lo establecido en las bases por las que se regula la presente convocatoria, lo dispuesto en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.1 Requisitos de los aspirantes.
g) Como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, se exigirá estar en posesión del permiso de conducir de la clase A2 con una experiencia mínima de 2 años y del permiso de clase BTP que autoriza para la conducción de vehículos prioritarios en servicio urgente o equivalentes.
2.2 Plazo.
En cumplimiento de las modificaciones introducidas por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, todas las referencias al permiso de conducir de la clase A deben entenderse efectuadas al A2.
A los efectos del cumplimiento del requisito de estar en posesión del permiso de la clase A2 con una experiencia mínima de 2 años exigido en el apartado g) del punto 2.1, y en aplicación del artículo 74.2 del Real Decreto 818/2009, la Academia de Policía Municipal o el Centro de Formación municipal correspondiente, impartirá un curso teórico y práctico que sustituirá esa experiencia mínima de 2 años en el permiso referido.
4.3 Lugar de presentación.
El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentados, así como el ejemplar correspondiente del impreso de autoliquidación, una vez realizado el pago de la tasa por derechos de examen o, en su caso, el recibo acreditativo de haber abonado la tasa mediante giro o transferencia, podrán presentarse preferentemente en la oficina de registro del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, c/ Recoletos nº 5, en las oficinas de Registro de las Áreas y Distritos del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
6. Órganos de selección.
6.1. Composición.
La composición del Tribunal se ajustará en todo caso a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será nombrado por el Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad y estará constituido por un presidente, un secretario con voz pero sin voto y un mínimo de cuatro vocales.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.
No podrán formar parte de los Tribunales el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera.
Por otra parte, el apartado V del Acta de firma del Acuerdo-Convenio de la Mesa General de los Empleados Públicos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2008-2011, establece que a los tribunales de las pruebas selectivas asistirá un observador del desarrollo del proceso selectivo. Dicho observador, con voz y sin voto, actuará a título individual.
11.1 Documentos exigibles.
f) Fotocopia compulsada del permiso de conducir de la clase A2 con una experiencia mínima de 2 años y del permiso BTP que autoriza a conducir vehículos prioritarios en servicio urgente o equivalente.