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BOAM nº 8985 (29/09/2021)
Alcaldía

2457

Decreto de 24 de septiembre de 2021 del Alcalde por el que se modifica el apartado tercero del Decreto de 12 de octubre de 2020 de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados.

Por Decreto de 12 de octubre de 2020 se concedió delegación especial a los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados para que, de acuerdo con el turno que se determina en su apartado tercero, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 51 del Código Civil, y en la forma que el propio Código establece, autoricen los matrimonios civiles en las fechas previstas en el calendario y lugares de celebración aprobados por Decreto de la Concejal del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, de 4 de noviembre de 2019.

 

Conforme al turno establecido, le corresponde autorizar los matrimonios civiles que vayan a tener lugar el cuarto sábado del mes de septiembre en el Distrito de Centro, al titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, si bien, por motivos de agenda, va a ser sustituido en la celebración de los mismos por la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Código Civil, en concordancia con el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Modificar el Decreto de 12 de octubre de 2020 de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados que queda redactado en los términos que se indican a continuación:

 

El apartado tercero queda redactado en los siguientes términos:

 

- Septiembre:

 

· Distrito de Retiro (4.º sábado): Titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.

· Distrito de Centro (4.º sábado): Titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal.

 

SEGUNDO.- El presente decreto surtirá efecto desde la fecha de su adopción sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 24 de septiembre de 2021.- El Alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

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