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BOAM nº 5813 (09/05/2008)
Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad

1610

Decreto de 6 de mayo de 2008 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad por el que se publica la relación provisional de aspirantes excluidos y la fecha de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas, convocadas para proveer 481 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

  Por la Dirección General de Seguridad se ha formulado propuesta para la inserción en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación provisional de aspirantes excluidos y fecha de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas convocadas para cubrir 481 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, así como para la apertura del plazo de reclamaciones contra la lista provisional que se encuentra expuesta en el Tablón de Anuncios del Área de Gobierno de la Vicealcaldía.

  La propuesta se realiza de conformidad con lo establecido en el apartado 5.2 de las bases que rigen el proceso selectivo.

  Por Decreto de 13 de marzo de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se delega en el titular del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad la competencia para convocar y resolver, en ejecución de las Ofertas de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid correspondientes a los ejercicios 2007 y 2008, pruebas selectivas por el sistema de oposición, para proveer 481 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

  Por lo expuesto y en uso de las competencias delegadas en el mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 13 de marzo de 2008,

   

  DISPONGO

   

Primero.- Hacer pública en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la relación provisional de aspirantes excluidos, incorporada como Anexo I al presente Decreto, a las pruebas selectivas convocadas para proveer 481 plazas de Policía del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, en ejecución de las ofertas de empleo público del Ayuntamiento de Madrid correspondientes al 2007 y 2008, y que se encuentra expuesta en el Tablón de Anuncios de Vicealcaldía junto a la lista provisional de aspirantes admitidos.

El plazo de reclamaciones es de diez días a partir del siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme a lo preceptuado en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo.- El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá lugar el día 6 de junio de 2008 en las horas y llamamientos que se harán públicos en fechas próximas, en el Pabellón de la Pipa del recinto ferial de la Casa de Campo.

 

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1. y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

   

  Madrid, a 6 de mayo de 2008.- El Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad, Pedro Calvo Poch.

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