BOAM nº 6402 (30/03/2011)
Distrito de Salamanca
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Decreto de 18 de marzo de 2011 del Concejal Presidente del Distrito de Salamanca por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el ejercicio económico 2011.El Concejal Presidente del Distrito de Salamanca por su Decreto de 18 de marzo de 2011, ha adoptado las siguientes resoluciones:
"1. Autorizar un gasto de cuarenta mil ciento cinco euros (40.105,00 euros), con cargo a las partidas que se relacionan:
· 2011/001/204/G/924.01/489.01 "Otras transferencias corrientes a instituciones sin fines de lucro" del Programa Participación Ciudadana del vigente Presupuesto Municipal, a la que se imputa la cantidad de 33.105,00 euros. Esta partida está dotada de crédito adecuado y suficiente.
· 2011/001/204/G/924.01/789.01 "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro" del vigente Presupuesto Municipal, a la que se imputa la cantidad de 7.000,00 euros. Esta partida está dotada de crédito adecuado y suficiente.
2. Aprobar la convocatoria para la concesión de Subvenciones del Distrito de Salamanca para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el ejercicio económico 2011, de conformidad con lo estipulado en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y los correlativos artículos de su reglamento de desarrollo (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio), de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y a tenor de las previsiones contenidas en la Ordenanza Municipal Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas por Acuerdo Plenario de fecha 20 de diciembre de 2007, modificada por Acuerdos de 25 de febrero y 22 de diciembre de 2010, y cuyo contenido forma parte de la presente convocatoria y figura adjunto a la misma.
3. Ordenar la publicación de la referida convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL DISTRITO DE SALAMANCA
Por Decreto de 18 de marzo de 2011 del Concejal-Presidente del Distrito de Salamanca se han aprobado las Bases por las que se regirá la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para la anualidad 2011.
Por Acuerdo Plenario de 20 de diciembre de 2007 se aprobó definitivamente la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, que ha sido modificada por Acuerdos Plenarios de 25 de febrero y 22 de diciembre de 2010. En el marco jurídico de esta ordenanza, se efectúa la convocatoria de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del año 2011, con arreglo a las siguientes especificaciones:
Artículo 1.- Objeto y ámbito de la convocatoria.
El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Salamanca efectúa esta convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el año 2011. La convocatoria se dirige a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio social en este Distrito y estén inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, y que cumplan los requisitos establecidos en la ordenanza reguladora.
Artículo 2.- Modalidades de subvención.
La presente convocatoria se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
a) Proyectos para financiar operaciones corrientes que realicen las entidades ciudadanas durante el año 2011, que impliquen participación y que tengan un carácter complementario respecto de los objetivos y competencias municipales.
Asimismo, podrán presentarse proyectos asociativos propios de los fines de las asociaciones del Distrito, que coadyuven con las competencias municipales, en los distintos sectores de actuación.
Se priorizarán aquellos proyectos que comporten el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, así como los que desarrollen actuaciones de carácter medioambiental o de Agenda 21.
b) Gastos a realizar en el año 2011 relativos a alquiler y adquisición de mobiliario y equipamiento informático de las sedes sociales, necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad.
Estas modalidades se dirigen a las asociaciones, que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento y declaradas de utilidad pública municipal, en los términos establecidos en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, aprobado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 31 de mayo de 2004, modificado con fecha 31 de octubre de 2008.
Artículo 3.- Principios inspiradores y régimen jurídico.
La presente convocatoria se rige por los principios y con arreglo al régimen jurídico previsto en los artículos 2 y 3 de la ordenanza reguladora.
Artículo 4.- Financiación.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, conforme a la ordenanza reguladora, en régimen de concurrencia competitiva, se imputarán al crédito recogido en las siguientes partidas:
A la partida 2011/001/204/G/924.01/489.01"Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2011, el importe destinado a las subvenciones para proyectos (operaciones corrientes) y gastos de alquiler.
A la partida 2011/001/204/G/924.01/789.01 "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto Municipal para 2011, el importe destinado a las subvenciones para gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento informático.
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a cuarenta mil ciento cinco euros (40.105,00 euros).
Para la modalidad a) "Proyectos" se destinarán veintitrés mil ciento cinco euros (23.105,00 euros). Para la modalidad b) "Gastos de alquiler" Sedes sociales diez mil euros (10.000,00 euros) y para "Adquisición de mobiliario y equipamiento informático de las sedes sociales" se destinarán siete mil euros (7.000,00 euros). No obstante, dichas cantidades se podrán modificar en función del resultado de la propuesta de resolución definitiva que formule la Comisión de Valoración.
En cualquier caso, la concesión de subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución".