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BOAM nº 8031 (14/11/2017)
Distrito de Latina

2455

Decreto de 31 de octubre de 2017 de la Concejala Presidenta del Distrito de Latina por el que se aprueban las bases que han de regir el XXVIII Certamen de Belenes para el curso escolar 2017/2018 del Distrito de Latina.

La Sección de Educación del Distrito de Latina del Ayuntamiento de Madrid, desde la cercanía y proximidad que ofrece el distrito, planifica actividades destinadas a los centros escolares que complementan la programación educativa que la Dirección General de Educación y Juventud del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo oferta a nivel global al municipio de Madrid.

 

La presente convocatoria se enmarca dentro del objetivo del Distrito de Latina denominado “Promover la participación y el desarrollo de la creatividad mediante el fomento de actividades artísticas y la realización de certámenes y concursos escolares”, que para su cumplimiento realiza diferentes certámenes a lo largo del curso escolar.

 

El XXVIII Certamen de Belenes curso escolar 2017/2018 se crea con el propósito de fomentar la participación de la comunidad educativa del centro, el trabajo en equipo, la cooperación, la cohesión grupal, la creatividad artística y la sostenibilidad medio ambiental a través del uso y aprovechamiento de materiales reciclados, contribuyendo al desarrollo integral de los niños y niñas y al reconocimiento del trabajo del profesorado que participa en el proyecto motivando a su alumnado.

 

Con la finalidad de alcanzar estos objetivos en materia educativa se convoca el XXVIII Certamen de Belenes curso escolar 2017/2018, que se regirá por las disposiciones establecidas en esta convocatoria.

 

1. Objeto de la convocatoria.

Constituye el objeto de las presentes bases la regulación y la convocatoria del XXVIII Certamen de Belenes curso escolar 2017/2018 del Distrito de Latina.

 

2. Régimen jurídico aplicable.

2.1. El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de fecha 30 de octubre de 2013, sobre concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia y demás disposiciones que resulten de aplicación.

2.2. La financiación de la presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 001/210/2017/326.01/482.03 “Servicios complementarios de educación. Premios”, del presupuesto municipal de gastos del presente ejercicio, por un importe de 1.275 euros.

 

3. Destinatarios.

Podrán participar los centros escolares públicos, concertados y privados del Distrito de Latina que impartan las enseñanzas d segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

 

4. Requisitos.

4.1. Cada centro escolar podrá presentar a concurso un único belén.

4.2. Los alumnos y alumnas participantes deberán cursar estudios de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria en los centros escolares del Distrito de Latina, según el punto 3 de las presentes bases.

4.3. El belén podrá estar elaborado con cualquier tipo de material, y las figuras y representaciones que lo compongan deberán haber sido diseñadas y realizadas por el alumnado del centro.

4.4. El belén tendrá una dimensión máxima de 1,5 m por 1,5 m.

4.5. Los centros participantes deberán entregar junto con el belén en formato digital 5 fotografías que recojan el proceso de elaboración del belén y el proyecto final. Las fotografías servirán de base para la realización de una presentación multimedia el día del acto público de propuesta de los belenes premiados. Será responsabilidad del centro educativo el requerimiento de las autorizaciones necesarias para que el alumnado pueda aparecer en las fotografías de la elaboración del belén, según el punto 14 de las presentes bases.

4.6. El director/a del centro o representante legal, deberá cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción, en la que manifiesta no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y que acepta plenamente el contenido de las bases de la presente convocatoria.

4.7. El director/a del centro o representante legal deberá aportar, junto con la solicitud de inscripción, copia de la documentación que acredite su capacidad jurídica para representar y vincular al centro escolar correspondiente.

4.8. Los certificados y declaraciones tienen una validez de seis meses desde la fecha de expedición o emisión. Si hubiesen caducado durante el proceso, el beneficiario deberá presentar una certificación o declaración actualizada a requerimiento del órgano gestor.

 

5. Presentación de solicitudes.

5.1. Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo que se anexa a la presente convocatoria. El modelo de solicitud podrá obtenerse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

5.2. Las solicitudes junto con los anexos y documentación exigida, podrán presentarse presencialmente en el Registro del Distrito de Latina, avenida de las Águilas, 2, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), o a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es.

5.3. La documentación requerida deberá presentarse junto con la solicitud, tanto si se hace de forma presencial como telemática.

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