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BOAM nº 8983 (27/09/2021)
Alcaldía

2430

Decreto de 22 de septiembre de 2021 del Alcalde por el que se modifica el apartado tercero del Decreto de 12 de octubre de 2020 de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados.

Por Decreto de 12 de octubre de 2020 se concedió delegación especial a los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados para que, de acuerdo con el turno que se determina en su apartado tercero, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 51 del Código Civil, y en la forma que el propio Código establece, autoricen los matrimonios civiles en las fechas previstas en el calendario y lugares de celebración aprobados por Decreto de la Concejal del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, de 4 de noviembre de 2019.

 

Conforme al turno establecido, le corresponde autorizar los matrimonios civiles que vayan a tener lugar el cuarto sábado del mes de septiembre en el Distrito de Retiro, al titular del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, y el cuarto sábado del mes de noviembre al titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, si bien, por motivos de agenda, será necesario disponer la sustitución entre ambos para la celebración de matrimonios en las citadas fechas.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 del Código Civil, en concordancia con el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Modificar el Decreto de 12 de octubre de 2020 de avocación y delegación especial de la competencia para la celebración de matrimonios civiles en los titulares de las áreas de gobierno y concejales delegados que queda redactado en los términos que se indican a continuación:

 

El apartado tercero queda redactado en los siguientes términos:

 

- Septiembre:

•  Distrito de Retiro (4.º sábado): Titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.

•  Distrito de Centro (4.º sábado): Titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

 

- Noviembre:

•  Distrito de Retiro (4.º sábado): Titular del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social.

•  Distrito de Centro (4.º sábado): Titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

SEGUNDO.- El presente decreto surtirá efecto desde la fecha de su adopción sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 22 de septiembre de 2021.- El Alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

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