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BOAM nº 9439 (02/08/2023)
Coordinación General de la Alcaldía

2343

Resolución del Letrado General de la Asesoría Jurídica por la que se aprueba la instrucción sobre el funcionamiento de la Asesoría Jurídica.

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó el 31 de enero de 2023 el Reglamento Orgánico 1/2023, de 31 de enero, de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid. Este reglamento orgánico regula de manera detallada la organización y el funcionamiento de los servicios jurídicos municipales, desgranando las funciones de asesoramiento jurídico y de representación y defensa en juicio del Ayuntamiento de Madrid y de sus empleados públicos a través del cuerpo de letrados del Ayuntamiento de Madrid.

 

Con este reglamento orgánico se dota a la Asesoría Jurídica de un instrumento normativo propio y se elevan a rango de disposición general determinadas reglas que, hasta la fecha, se encontraban recogidas en la Instrucción 1/2020, de 11 de junio, de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid, sobre criterios de actuación de los letrados del Ayuntamiento de Madrid.

 

La citada instrucción ha supuesto el marco de referencia en la actuación del personal al servicio de la Asesoría Jurídica. Sin embargo, la aprobación del mencionado reglamento orgánico, así como los cambios estructurales y organizativos que se han ido produciendo desde el dictado de aquella, hacen necesaria una revisión completa de sus reglas, mediante la aprobación de una nueva instrucción.

 

En este sentido, la aprobación de una nueva instrucción tiene como finalidad acabar con la dispersión que existía de instrucciones y órdenes de servicio. Su principal objetivo es conseguir una mayor seguridad jurídica, eficacia y eficiencia en el desarrollo de las funciones propias de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid a través de la fijación de las reglas generales que han de regir el desarrollo de las funciones ordinarias de los letrados y del resto del personal integrados en la misma. La unificación de todas las reglas aplicables en una sola instrucción facilitará su conocimiento y aplicación tanto por el personal al servicio de la Asesoría Jurídica, como del resto de empleados de la Administración municipal que se relacionen con esta.

 

La presente resolución se divide en cinco apartados. El primero, relativo a la aprobación de la instrucción sobre funcionamiento de la Asesoría Jurídica que se inserta como anexo; el apartado segundo, por el que se aprueba el modelo de solicitud de asistencia jurídica; el apartado tercero, por el que se aprueba el modelo de resumen de sentencias; y finalmente, los apartados cuarto y quinto, relativos a la eficacia de las disposiciones anteriores, así como a la fecha de efectos de la nueva instrucción.

 

Por su parte, la instrucción se divide en seis apartados. Los apartados 1 y 2 recogen la estructura y organización de la Asesoría Jurídica, así como los deberes del personal que la integran. Los apartados 3 y 4 tienen por objeto determinar las reglas generales de actuación en el ámbito de la función consultiva y contenciosa. El apartado 5 establece una serie de reglas de colaboración entre las subdirecciones de lo consultivo y lo contencioso. Finalmente, el apartado 6 incorpora las previsiones relativas a la intervención de la Asesoría Jurídica en las comunicaciones del Ayuntamiento de Madrid con la policía judicial, el Ministerio Fiscal, los órganos judiciales y otros órganos constitucionales y tribunales internacionales.

 

De conformidad con el artículo 6.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio

 

Por su parte, conforme al artículo 6.2 b) del Reglamento Orgánico 1/2023, de 31 de enero, de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid, corresponde al Letrado General de la Asesoría Jurídica la emisión de las instrucciones y órdenes de servicio necesarias para hacer efectivo el principio de unidad de criterio y funcionamiento coordinado de los letrados, así como para la asignación y reparto de los asuntos.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 6.2 b) del Reglamento Orgánico 1/2023, de 31 de enero, de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la Instrucción sobre el funcionamiento de la Asesoría Jurídica que se inserta como anexo I.

 

SEGUNDO.- Aprobar el modelo de solicitud de asistencia jurídica que se inserta como anexo II.

 

TERCERO.- Aprobar el modelo de resumen de sentencias en asuntos clasificados con clave A que se inserta como anexo III.

 

CUARTO.- Dejando a salvo la Orden de Servicio 1/2023, de 25 de mayo, para la atribución de funciones a letrados de la Asesoría Jurídica, quedan sin efecto todas las instrucciones y órdenes de servicio dictadas con anterioridad.

 

QUINTO.- La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid».

 

Madrid, a 27 de julio de 2023.- El Letrado General de Asesoría Jurídica, Jorge González Cortade.

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