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BOAM nº 9262 (14/11/2022)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

3208

Acuerdo de 3 de noviembre de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 10 de octubre 2022 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, sobre el régimen de prestación del servicio y los horarios especiales en las bibliotecas públicas municipales.

Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo de 30 de junio de 2016 de la Junta Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 15 de junio de 2016, de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre jornada y horarios de trabajo, la prestación de servicios de los empleados de la red pública de bibliotecas municipales tiene la consideración de horario especial, y como tal viene recogida en el anexo del mencionado acuerdo.

 

Sin embargo, las condiciones de la prestación de servicios en la red pública de bibliotecas municipales, tales como horarios especiales, flexibilidad horaria aplicable y reducción horaria en la semana de San Isidro y en el periodo estival, se encontraban reguladas en diferentes acuerdos de la Mesa General de Negociación como por ejemplo el Acuerdo de 1 de julio de 2010 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el horario de apertura en fin de semana de las nuevas bibliotecas públicas municipales, así como la modalidad de reducción horaria con ocasión de festividad de San Isidro y durante la jornada de verano en las bibliotecas públicas municipales, el Acuerdo de 10 de abril de 2017 sobre flexibilidad horaria del personal de la Red de Bibliotecas Municipales, el Acuerdo de 13 de junio de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de las Bibliotecas Públicas Municipales con apertura en fines de semana, que fue sustituido por el Acuerdo de 21 de diciembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 29 de noviembre de 2018 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre régimen de prestación del servicio en las bibliotecas públicas municipales con apertura en fin de semana.

 

Resultando conveniente modificar y actualizar los horarios de trabajo regulados en dichos acuerdos, para adaptarlos a las necesidades del servicio público que se presta, se ha considerado adecuado, por razones de seguridad jurídica, integrar en un único acuerdo la regulación de las condiciones de la prestación de servicios de bibliotecas municipales que componen la red pública municipal (con la excepción de las bibliotecas especializadas), tanto las que abren en fines de semana como las que tienen establecida su apertura de lunes a viernes, en lo que se refiere a sus horarios especiales, flexibilidad horaria aplicable y reducción horaria en la semana de San Isidro y en el periodo estival.

 

En coherencia con lo expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 36.3 y 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como en el artículo 10 del Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos para el período 2019-2022, al tratarse de medidas con repercusión en las condiciones de trabajo del personal municipal, se sometió a la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos una propuesta de acuerdo que sería de aplicación a todo el personal que preste servicios en bibliotecas públicas municipales, cualquiera que sea su categoría, cuerpo o escala, y aplicable a todas las bibliotecas con excepción de las bibliotecas especializadas: Biblioteca Digital, Biblioteca Histórica, Biblioteca Musical Víctor Espinós, Hemeroteca, Biblioteca Técnica, así como las bibliotecas técnicas ubicadas en los Museos Municipales.

 

En el seno de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, tras diversas reuniones, se alcanzó en su reunión de fecha 10 de octubre de 2022, un acuerdo sobre el régimen de prestación del servicio y los horarios especiales en las bibliotecas públicas municipales, con el voto favorable de la mayoría de la representación sindical con presencia en dicha mesa.

 

El artículo 38.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que para la validez y eficacia de los acuerdos adoptados en el seno de las mesas de negociación correspondientes será necesaria su aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 3 de noviembre de 2022,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 10 de octubre de 2022 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, sobre el régimen de prestación del servicio y los horarios especiales en las bibliotecas públicas municipales, que se incorpora como anexo al acuerdo.

 

SEGUNDO.- Dejar sin efecto el Acuerdo de 21 de diciembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 29 de noviembre de 2018 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre régimen de prestación del servicio en las bibliotecas públicas municipales con apertura en fin de semana, así como cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

 

TERCERO.- El acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 3 de noviembre de 2022.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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