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BOAM nº 7037 (30/10/2013)
Distrito de Vicálvaro

2062

Resolución de 9 de enero de 2013 del Gerente del Distrito de Vicálvaro, por la que se impone una sanción a J. V. M., con Documento Nacional de Identidad 51687667C, expediente número 119/2012/01778.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio de la resolución de imposición de sanción de expediente sancionador número 119/2012/01778, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Vicálvaro, Plaza Don Antonio de Andrés, 18.

 

Referencia: 119/2012/01778.

Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de Vicálvaro.

Emplazamiento: Calle Lago Balatón, 2, piso 4, puerta A.

Interesado: J. V. M.

Hechos denunciados: En los presupuestos y facturas presentadas no figuran los datos exigidos en los artículos 3 y 5 del Real Decreto 58/1998, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparaciones de aparatos de uso doméstico (tiempo de validez del presupuesto, firmas de responsable de SAT, fecha y firma de aceptación del usuario, motivo reparación, diagnóstico de avería, factura, tiempo de mano de obra, fecha y firma responsable SAT).

Norma infringida: Artículos 50.1-10-12 y 52.2 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

Importe de la sanción: 300,00 euros.

Fecha de la denuncia: 29 de marzo de 2012, a las 11,00 horas.

 

Contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este distrito, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con la siguiente normativa:

 - Con carácter general: Artículos. 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 - En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.

 

II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente, artículo 58 LRJPAC.

 

Madrid, a 9 de enero de 2013.- El Gerente del Distrito de Vicálvaro, Faustino Álvarez Menéndez.

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