BOAM nº 5840 (12/08/2008)
Distrito de Villa Vallecas
2409
Resolución de 7 de mayo de 2008 de la Gerente del Distrito de Villa de Vallecas por la que se impone una sanción a don Admed El Idrissi, expediente 120/2008/01118.
Intentada sin efecto la notificación al interesado, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Villa de Vallecas, paseo de Federico García Lorca, 12:
Titular: Ahmed El Idrissi.
Situación: Calle Peña Nueva, 74.
"1º.- Imponer a Ahmed El Idrissi la sanción de mil doscientos euros (1.200) como autor de varias infracciones leves tipificadas en los artículos 50.14, 47.1 y 50.10 de la Ley 11/98 de 9 de julio de protección de los consumidores de la Comunidad de Madrid, en relación con el articulo 41 del Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos y en relación con los artículos 26, 16.5, 12.8 y 13.10 de la Ordenanza reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias y protección de los consumidores en establecimientos donde se consumen comidas y bebidas (B.O.C.M. nº 78 de 2 de abril de 1990) por los siguientes hechos: 1) Carece de formación en manipulación de alimentos. 2) No se efectúa tratamiento periódico de control de plagas, ni dispone de aparato antiinsectos de naturaleza no química. 3) Los aseos utilizados por el personal carecen de agua caliente. 4) No dispone de hojas de reclamaciones a disposición del consumidor. 5) Carece de cubo de basuras de apertura no manual y cierre hermético. 6) No extiende tique o factura al consumidor cuando se le requiere; en la finca sita en calle Peña Nueva 74. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.2 y 53.1 de la Ley 11/98 de 9 de julio de protección de los consumidores de la Comunidad de Madrid y el Decreto 245/2000 de 16 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid".
El importe de la sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en el Negociado de Gestión del Distrito de Villa de Vallecas, en el paseo Federico García Lorca, 12, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes y durante el plazo de un mes.
Lo que le comunico para su conocimiento, efecto y exacto cumplimiento advirtiéndole que esta resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponer los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la Gerente de esta Junta de Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
II.- Directamente, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, en virtud de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, podrá interponer este recurso en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición interpuesto, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992 y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
III.- No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que considere pertinente para la defensa de sus derechos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.2 de la citada Ley 30/1992.
Madrid, a 7 de mayo de 2008.- La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.