BOAM nº 7921 (07/06/2017)
Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias
1263
Resolución de 31 de mayo de 2017 del Director General de la Policía Municipal por la que se convocan puestos de trabajo de la categoría de Sargento y Cabo para su provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos en la Unidad de Comunicaciones y Videovigilancia del Cuerpo de Policía Municipal.En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.3 del Reglamento del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, de conformidad con las Bases Generales de los concursos específicos para proveer plazas en Unidades de Especialización del Cuerpo de Policía Municipal, aprobadas mediante Resolución del Director General de la Policía Municipal de fecha 20 de mayo de 2016 (BOAM de 25 de mayo de 2016), y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7.1.3 b) del Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 (BOAM 02/11/2015), por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias,
RESUELVO
PRIMERO: Convocar 2 puestos de trabajo de la categoría de Sargento, uno en turno de tarde y uno en turno de noche, y 3 puestos de trabajo de la categoría de Cabo, dos en turno de tarde y uno en turno de noche, en la Unidad de Comunicaciones y Videovigilancia con las características, funciones y méritos específicos (formación) que se relacionan en Anexo I a la presente resolución.
SEGUNDO: Podrán participar en este procedimiento los funcionarios de carrera del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid de la categoría de Sargento y Cabo, que tengan la condición de operativo o de no operativo, y que reúnan las condiciones y requisitos establecidos en el apartado segundo de las Bases Generales de los concursos específicos para proveer puestos de trabajo en Unidades de Especialización del Cuerpo de Policía Municipal, aprobadas mediante Resolución del Director General de la Policía Municipal de fecha 20 de mayo de 2016 ( BOAM de 25 de mayo de 2016), no siendo requisito imprescindible estar en posesión del arma reglamentaria.
TERCERO: Resultarán de aplicación todas las previsiones contenidas en el apartado tercero de las mencionadas bases generales de los concursos específicos para proveer plazas en Unidades de Especialización del Cuerpo de Policía Municipal, en aquellas situaciones en las que una vez obtenido destino definitivo, el funcionario padeciera alguna limitación psicofísica que pudiera dificultar o menoscabar el correcto desempeño de sus funciones.
CUARTO: Las solicitudes para tomar parte en el presente concurso se ajustarán al modelo que se publica en la presente convocatoria como Anexo II, siendo el plazo de presentación de las mismas de 15 días hábiles a computar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Además, la presente convocatoria será objeto de publicación a través del cauce general establecido en el Cuerpo de Policía, tal y como se establece en el artículo 49.1 del Reglamento del Cuerpo de Policía Municipal.
En las solicitudes presentadas por los interesados deberá hacerse constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la fecha de entrada de esta en las distintas oficinas de las Unidades, con su sello correspondiente.
QUINTO: Los interesados acompañarán a la solicitud la acreditación documental de los méritos alegados con la presentación de las pertinentes certificaciones u otros justificantes (titulaciones académicas o cursos). La antigüedad será aportada por la Administración Municipal, salvo que dicho dato no obre en su poder.
SEXTO: Las demás cuestiones relacionadas con la presentación de solicitudes de participación, así como con los méritos generales a valorar, su acreditación, la Comisión de Valoración, los resultados del concurso y demás extremos de la presente convocatoria serán los establecidos en las precitadas Bases Generales de los concursos específicos para proveer plazas en Unidades de Especialización del Cuerpo de Policía Municipal.
SÉPTIMO: Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabrá recurso potestativo de reposición ante el Director General de la Policía Municipal, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación, conforme a lo establecido en la base 3.1 o recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 31 de mayo de 2017.- El Director General de la Policía Municipal, Andrés Serrano Sanz.