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BOAM nº 9741 (18/10/2024)
Agencia Tributaria Madrid

3565

Resolución de 16 de octubre de 2024 de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 11 de octubre de 2024, por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD-AT-018/2024.

Se ha advertido error en la Resolución de 11 de octubre de 2024 de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD-AT-018/2024, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 15 de octubre de 2024. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC) se procede a su corrección. En su virtud y en uso de las competencias previstas en los estatutos de la Agencia Tributaria Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.738, de 15 de octubre de 2024, de la Resolución de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de fecha 11 de octubre de 2024, por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de Libre Designación LD-AT-018/2024, al haberse omitido el Anexo II Correspondencia de agrupadores y categorías, se procede a su rectificación, publicándose el Anexo II contemplado en la citada resolución.

 

SEGUNDO.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para el puesto número 30271876, denominado Subinspector/a Adjunto/a Departamento. Las instancias que se hubieran presentado dentro del plazo inicialmente previsto continuarán produciendo efectos siempre que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución de rectificación o no se vean afectadas por ella.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la LPAC.

 

Directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

Madrid, a 16 de octubre de 2024.- La Directora de la Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.

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