BOAM nº 8113 (14/03/2018)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes
606
Resolución de 12 de marzo de 2018 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la titular del Área, de fecha 2 de marzo de 2018, por el que se aprueba la última concesión parcial de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a galerías y centros expositivos para los años 2017/2018 y se desestiman dos solicitudes.En virtud de las competencias que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y de conformidad con el artículo diecisiete de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:
Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 2 de marzo de 2018, por el que se aprueba la última concesión parcial de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a galerías y centros expositivos para los años 2017/2018 y se desestiman dos solicitudes:
"A la vista de las actuaciones del expediente de referencia, de conformidad con el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones, a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración constituida el día 9 de octubre de 2017, para la evaluación de la convocatoria de subvenciones destinadas a Galerías de Arte y Centros Expositivos para los años 2017-2018, a la siguiente entidad por el importe que se indica:
SUBVENCIONES GALERÍAS - 479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas" | ||||
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GALERÍAS |
Total puntos |
Importe de la subvención
|
Actividad desarrollada desde el 15 de enero al 31 de octubre de 2017 |
Actividad desarrollada desde el 1 de noviembre de 2017 al 31 de octubre de 2018 |
Mondo Magnesium S.L. |
51 |
4.403,34 € |
2.201,67 € |
2.201,67 € |
SEGUNDO.- Desestimar las solicitudes presentadas por:
- LAS JARAS DE SAN RAFAEL, S.A., por incumplimiento del artículo 3 de la convocatoria, al no tener como actividad y objeto social, único o entre otros, la de intermediación en el mercado del Arte.
- CARRO TEMBOURY ASOCIADOS, S.L. por incumplimiento del artículo 3 de la convocatoria, al no tener como actividad y objeto social, único o entre otros, la de intermediación en el mercado del Arte, así como por presentar tanto la solicitud como la documentación a la que hace referencia el artículo 15 de las bases de la convocatoria, fuera de plazo.
TERCERO.- El presente decreto deberá ser publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17 de las bases de la convocatoria en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".
De conformidad con el artículo 21 de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a galerías y centros expositivos para los años 2017/2018, el plazo de la justificación será de 10 días hábiles desde la finalización de las actividades o, en caso de que sea posterior, desde la notificación de la concesión de la ayuda. La presente publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
2. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.
3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 12 de marzo de 2018.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, María Teresa Jiménez Ortiz.