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BOAM nº 7430 (11/06/2015)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

1336

Decreto de 2 de junio de 2015 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se nombra funcionario de carrera de la categoría de Auxiliar de Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid, en ejecución de sentencia.

Por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 24 de julio de 2009 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid n.º 5.989, de 31 de julio de 2009) se convocaron pruebas selectivas para proveer, en ejecución del proceso de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, plazas de la categoría de Auxiliar de Servicios Internos.

 

Por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 25 de enero de 2011 se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 31 de enero de 2011 la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos del citado proceso selectivo, figurando Don Juan Carlos Pérez Estébanez entre los excluidos.

 

Por Sentencia de 22 de julio de 2013 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 21 de Madrid, recaída en el Procedimiento Abreviado n.º 296/2011 promovido por el interesado, se estableció:

 

"Estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don JUAN CARLOS PÉREZ ESTÉBANEZ contra la resolución de 25 de enero de 2011 por la que se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas por Decreto de 24 de julio de 2009 para proveer plazas de auxiliar de servicios internos en ejecución de proceso de funcionarización del personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid y, en consecuencia, anulo dicha resolución por no ser conforme a Derecho, así como todas las demás posteriores del proceso en el que se dictó, y condeno al Ayuntamiento de Madrid a retrotraer dicho proceso selectivo al momento de aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administraciones Públicas de fecha 24 de julio de 2009, con inclusión del demandante y continuación del mismo en todas sus fases, sin que proceda la imposición de las costas a ninguna de las partes".

 

El Director General de Relaciones Laborales por Resolución de 22 de octubre de 2014 dispuso acatar y cumplir la Sentencia de 22 de julio de 2013 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 21 de Madrid. En consecuencia, la Subdirección General de Selección dio traslado al Tribunal Calificador que, en sesión celebrada el 8 de mayo de 2015, y de acuerdo con el citado Fallo, procedió a la publicación de las calificaciones obtenidas por Don Juan Carlos Pérez Estébanez que pasó a obtener 52 puntos y ser incluido en la lista de aprobados del proceso selectivo, proponiéndose su nombramiento como funcionario de carrera.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para nombrar al personal funcionario de carrera y adjudicarle sus destinos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2 j) del Acuerdo de 30 de julio de 2014 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario de carrera, los artículos 9 y 10 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, y en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2 j) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 30 de julio de 2014,

 

DISPONGO

 

Primero.- Nombrar funcionario de carrera en la categoría de Auxiliar de Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid al aspirante que se relaciona en el Anexo de este Decreto, con indicación del destino que se le adjudica, en ejecución de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 21, de 22 de julio de 2013, recaída en el Procedimiento Abreviado n.º 296/2011. Ello de conformidad con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 24 de julio de 2009 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid n.º 5.989, de 31 de julio de 2009), para proveer plazas de esta categoría, las cuales se integran en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales, que corresponde al Grupo C, Subgrupo C2 de titulación, de los previstos en el artículo 76 y en la Disposición Transitoria Tercera del vigente Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.

 

Segundo.- Para adquirir la condición de funcionario de carrera en la categoría de Auxiliar de Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid, el aspirante relacionado en el Anexo deberá tomar posesión en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Transcurrido el plazo de un mes sin haber tomado posesión, perderá todos los derechos adquiridos, quedando anuladas todas sus actuaciones.

 

Tercero.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del Decreto recurrido.

 

En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 2 de junio de 2015.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, José Enrique Núñez Guijarro.

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