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BOAM nº 9688 (05/08/2024)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 31 de julio de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 24 de julio de 2024 regulador de las condiciones laborales de la Escala Operativa del Cuerpo de Bomberos 2024-2028.

Desde el 13 de julio de 2022 se inició en la Mesa Sectorial del Cuerpo de Bomberos un proceso de negociación para abordar las condiciones laborales del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 34 y 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, TREBEP).

 

La Mesa Sectorial del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid queda conformada por las centrales sindicales CCOO, CSIF, CSIT-UP, UGT y CITAM.

 

El proceso negociador ha culminado el día 24 de julio de 2024, con la firma de la Corporación y de todas las Centrales sindicales de la Mesa Sectorial del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, del Acuerdo Regulador de las Condiciones Laborales de la Escala Operativa del Cuerpo de Bomberos 2024-2028 bajo los principios contenidos en el artículo 33 del TREBEP, es decir, legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia.

 

La justificación de la necesidad de aprobar un nuevo acuerdo regulador descansa en dar respuesta a los nuevos requerimientos de este servicio público esencial encargado de salvaguardar bienes jurídicos constitucionales de primer orden como la vida, la integridad física y moral, y la salud, tal y como disponen los artículos 15 y 43 de la Constitución Española, siendo objetivo prioritario del nuevo acuerdo compaginar, por un lado, la mejora de sus condiciones laborales y, por otro, la debida contraprestación que el servicio público requiere en aras del interés general y el mejor servicio al ciudadano, destinatario último del mismo, mejorando el funcionamiento del Cuerpo de Bomberos, en concordancia con los retos y las nuevas necesidades planteadas para nuestra ciudad.

 

Ciertamente, la elevación de riesgos habituales y la aparición de nuevos riesgos conllevan la necesidad de abordar nuevas exigencias técnicas y de especialización ante la aparición de nuevos siniestros o emergencias de diversa índole que suponen una ampliación significativa del catálogo de elementos de riesgo actualmente existente. Las nuevas necesidades estructurales, formativas, técnicas y de funcionamiento del servicio, exigen una mayor dedicación del personal de del Cuerpo de Bomberos y nuevos contenidos de sus puestos que derivan en una mayor complejidad y especificidad de sus funciones lo cual debe plasmarse en la necesaria revisión de las condiciones laborales de los componentes de la Escala Operativa del Cuerpo de Bomberos, ya sea referidos a su jornada como a los conceptos retributivos que remuneran su prestación. Teniendo en cuenta lo anterior, las líneas básicas del nuevo acuerdo son fundamentalmente:

 

- Un Plan de Empleo cuya ejecución permita al finalizar la vigencia del nuevo Acuerdo contar con una plantilla de aproximadamente 1750 efectivos, en cumplimiento de la medida 20 del Plan Operativo de Gobierno 2024-2027 referida al Plan 10.000.

 

- El desarrollo de la carrera profesional de los componentes del Cuerpo para garantizar la promoción profesional del personal.

 

- La garantía de una adecuada prestación del servicio público que dé respuesta eficaz a las demandas que plantean los ciudadanos.

 

- La mejora de las condiciones económicas de los trabajadores, modificando las ya existentes y creando nuevos conceptos más ajustados a las necesidades actuales.

 

- La clarificación de los conceptos y la introducción de mejoras técnicas que redundan en el principio de seguridad jurídica del artículo 9 de la Constitución.

 

El artículo 38.3 del TREBEP establece que para la validez y eficacia de los acuerdos adoptados en el seno de las mesas de negociación correspondientes será necesaria su aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 31 de julio de 2024

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 24 de julio de 2024 regulador de las condiciones laborales de la Escala Operativa del Cuerpo de Bomberos 2024-2028, que entrará en vigor desde el día siguiente al de su aprobación, salvo las previsiones realizadas en su propio articulado y que se incorpora como anexo.

 

SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efecto desde su aprobación debiendo publicarse en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid"

 

 

Madrid, a 31 de julio de 2024.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

 

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