BOAM nº 6278 (27/09/2010)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
1815
Resolución de 21 de septiembre de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se hacen públicas las Ayudas Asistenciales concedidas y denegadas a los trabajadores, jubilados y pensionistas de este Organismo Autónomo, correspondientes a solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2010 (facturas con fechas de emisión hasta el 31 de mayo).Por Resolución de 22 de enero de 2010 de la Directora General de Relaciones Laborales se hicieron públicas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 2 de febrero de 2010, las bases reguladoras para el año 2010 de las Ayudas de Acción Social, aprobadas por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
Conforme a las citadas bases reguladoras, Anexo II, pueden solicitar Ayudas Asistenciales el personal en activo, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos que cumplan los requisitos establecidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación.
Conforme al procedimiento establecido en el Anexo II, apartado 11, de las citadas bases, efectuada la convocatoria de las citadas Ayudas Asistenciales, se ha procedido a la revisión de las solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2010 (facturas con fechas de emisión hasta el 31 de mayo), habiendo finalizado el plazo de subsanación.
Las ayudas que cumplían requisitos fueron concedidas por Resoluciones del Gerente de fechas 4 de mayo, 6 de julio y 8 de septiembre de 2010.
Las ayudas que no cumplían requisitos para su concesión han sido denegadas por Resolución del Gerente de fechas 7 de mayo y 15 de septiembre.
En aplicación de los citados apartados de las bases reguladoras de la ayuda, procede publicar las relaciones de ayudas concedidas y denegadas correspondientes a las solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2010 (facturas con fechas de emisión hasta el 31 de mayo).
Por todo cuanto antecede, el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 15.1,k) de los Estatutos del citado Organismo Autónomo, en la redacción dada a los mismos por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha de 31 de enero de 2008 (BOAM de 7 de febrero de 2008),
RESUELVE
Hacer públicas las resoluciones del Gerente por la que se conceden y se deniegan las Ayudas Asistenciales a trabajadores, jubilados y pensionistas del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, correspondientes a las solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2010 (facturas con fechas de emisión hasta el 31 de mayo).
Ordenar la exposición de las relaciones de Ayudas Asistenciales concedidas y denegadas a trabajadores, jubilados y pensionistas del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid correspondientes a solicitudes presentadas entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2010 (facturas con fechas de emisión hasta el 31 de mayo), en el tablón de anuncios ubicado en la calle Albarracín, 33, planta baja y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados incluidos en las relaciones publicadas, o bien aquellos que habiendo presentado solicitud en tiempo y forma, no figuraran en dichas relaciones de Ayudas concedidas ni denegadas, podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Madrid, a 21 de septiembre de 2010.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Jorge García Reig.