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BOAM nº 7532 (04/11/2015)
Gerencia de la Ciudad

2001

Resolución de 28 de octubre de 2015 del Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales por la que se hace pública la relación de trabajadores que deben subsanar documentación en la renovación de la tarjeta anual de transportes para 2016 por discordancia de domicilio.

El Texto Refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015 regula en el artículo 26 sobre la ayuda al transporte, en el apartado primero relativo a la tarjeta transporte lo siguiente:

 

ABONO DE TRANSPORTE:

 

1. La Administración tramitará la expedición y hará entrega gratuita al personal al que se refiere el artículo 22.1 con exclusión del personal con nombramiento o contrato temporal, del personal eventual de confianza y del personal jubilado a que se refiere el artículo 22.2, párrafo primero, de este Acuerdo Convenio cuando no proceda la entrega del abono de tercera edad, del abono de transporte anual expedido por el Consorcio Regional de Transportes de Madrid, de la zona que le corresponda en razón a la ubicación de su domicilio real y efectivo a estos efectos y su lugar de trabajo, siempre que al menos uno de los dos esté incluido en una de las siguientes zonas: A, B1, B2, B3, C1 y C2, sin perjuicio de las previsiones establecidas para el abono del transporte en metálico. Al personal jubilado a que se refiere el artículo 22.2, párrafo primero, de este Acuerdo Convenio se le hará entrega del abono transporte que tuviera en el momento de su jubilación, cuando no proceda la entrega del abono transporte de tercera edad por no reunir el requisito de edad.

 

2. El domicilio a considerar a efectos de lo establecido en este artículo será el domicilio desde el cual el empleado público se traslada efectivamente al trabajo y se acreditará por los medios oportunos a este efecto. El volante de empadronamiento solo será documento válido a estos efectos si el domicilio que conste en el mismo coincide con aquel.

 

El Acuerdo de la Junta de Gobierno de 26 de diciembre de 2014 ha aprobado el Acuerdo de 12 de diciembre de 2014 de la Comisión Técnica de Acción Social sobre las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2015 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social, que fue publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 29 de diciembre de 2014. En las bases específicas de la ayuda de tarjeta de transporte se establece el régimen de concesión de esta ayuda y se concreta en el artículo 4 la documentación que los empleados deben aportar para justificar el cumplimiento de los requisitos.

 

Al objeto de renovar la tarjeta anual de transporte para el año 2016, una vez revisada la situación de todos los trabajadores que disponen de ella, se comprueba que aquellos que figuran en el listado que acompaña la presente Resolución tienen en su poder una tarjeta de transporte de zona superior a la que les corresponde por el domicilio que figura en la base de datos municipal. En consecuencia se deberá aportar la documentación que acredite el domicilio real y efectivo y en el caso que corresponda, solicitud de cambio de domicilio en la base de datos municipal. En el supuesto de disponer de tarjeta de zona superior por ubicación del centro de trabajo se deberá aportar justificante emitido por el responsable del servicio.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 7.3 de las Bases Generales de las ayudas, los listados se publicarán en la intranet municipal Ayre y en el tablón de anuncios de la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la calle Bustamante, 16. Asimismo se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid extracto del anuncio de dicha relación.

 

Por todo lo expuesto procede elevar al Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales para su aprobación, en ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 9.1.2.h) del Acuerdo de 30 de junio de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 25 de junio de 2015 por el que se crea la Gerencia de la Ciudad, se establece su organización y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos,

 

RESUELVO

 

PRIMERO. Hacer pública la relación de los trabajadores, que figura como Anexo a la presente Resolución, que deben aportar la documentación que justifique su domicilio real y efectivo ante la discordancia existente entre la zona de la tarjeta de transporte actual y la que le corresponde por domicilio.

 

SEGUNDO. Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios, ubicado en la Oficina de Registro municipal de la calle Bustamante, 16, planta baja, y en la intranet municipal Ayre, con fecha de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

TERCERO. El plazo de subsanación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

CUARTO. La presentación de la documentación requerida se realizará en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, preferentemente en la calle Bustamante, 16, planta baja, o a través de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

QUINTO. Los solicitantes que no completen la documentación requerida en el plazo señalado no serán beneficiarios de la ayuda de transporte para el año 2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.5 del Texto Refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015.

 

Madrid, a 28 de octubre de 2015.- El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Juan José Benito González.

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