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BOAM nº 7849 (17/02/2017)
Distrito de San Blas-Canillejas

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Resolución de 19 de enero de 2017 de la Coordinadora del Distrito de San Blas Canillejas por la que se requiere para la aportación de documentación a P. M. S. C., con DNI 51669088W, expediente número 117/2017/00141.

De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la presente resolución por la que se requiere a P. M. S. C., con DNI 51.669.088-W, para que aporte la documentación requerida en el expediente 117/2017/00141, de conformidad con la Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales (aprobada por Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, BOCM de 31 de agosto de 2001).

 

El texto íntegro de esta resolución, así como el expediente tramitado, podrán ser consultados por el/los interesado/s en el Negociado de Servicios Sanitarios del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

 

Se le concede el plazo de diez días hábiles que contará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón Edictal del Boletín Oficial del Estado para:

 

Presentar la documentación del perro implicado en la denuncia (cartilla de vacunaciones, certificado de identificación censal y seguro de responsabilidad civil que cubra la indemnización por los posibles daños que pudiera ocasionar a las personas o bienes). Artículos 5, 6.2, 8.1, 9.1 y 9.3 de la citada ordenanza.

 

De forma inmediata:

 

En los espacios públicos o en los privados de uso común, los animales de compañía habrán de circular acompañados y conducidos mediante cadena o cordón resistente que permita su control. Artículo 10.1 de la citada ordenanza.

 

Apercibir al interesado que en el caso de no cumplimentar lo ordenado le serán impuestas las sanciones previstas en la precitada ordenanza, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Dicha documentación se podrá presentar en cualquiera de los registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando el número de expediente.

 

Madrid, a 19 de enero de 2017.- La Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas, Delia María Berbel Aguilera.

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