Saltar navegación

BOAM nº 6145 (18/03/2010)
Madrid Salud

532

Resolución de 16 de marzo de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se rectifica el error material de la Resolución de 15 de marzo de 2010 por la que se aprueba la relación de solicitudes que requieren subsanación correspondientes al segundo plazo de las Ayudas Asistenciales del Organismo Autónomo Madrid Salud. Año 2009.

Apreciado error material en la Resolución de fecha de 15 de marzo de 2010 por la que se aprueba la relación de solicitudes que requieren subsanación correspondientes al segundo plazo de las Ayudas Asistenciales del Organismo Autónomo Madrid Salud. Año 2009

 

En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia,

 

RESUELVE

 

Primero. Rectificar el error material advertido en el último párrafo de la Resolución de fecha de 15 de marzo de 2010 por la que se aprueba la relación de solicitudes que requieren subsanación correspondientes al segundo plazo de las Ayudas Asistenciales del Organismo Autónomo Madrid Salud. Año 2009, en el siguiente sentido:

 

Donde dice "En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se le tendrá por desistidos de su petición".

 

Debe decir "En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición".

 

Segundo. Publicar en Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, en el Tablón de anuncios de Madrid Salud, calle Juan Esplandiú, 11 y en la Intranet municipal Ayre la presente rectificación.

 

Se procede a otorgar un nuevo plazo de subsanación por el que, en virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.

 

Madrid, a 16 de marzo de 2010.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, José Manuel Torrecilla Jiménez.

Subir Bajar