BOAM nº 5837 (01/08/2008)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
2317
Resolución de 28 de julio de 2008 del Director del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid por la que se da publicidad al Programa de Prevención de Riesgos Laborales dentro del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2008.El Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, a través del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, pretende dar un nuevo impulso a la formación de los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
De entre el conjunto de iniciativas que integran la oferta formativa del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, destaca como línea de trabajo prioritaria en el desarrollo del Plan 2008, la extensión del conocimiento de los conceptos y herramientas fundamentales en materia de Prevención de Riesgos Laborales de conformidad con la normativa vigente.
En esta publicación se oferta el contenido del Programa de Prevención de Riesgos Laborales y del Programa de Formación Virtual-Área de Prevención de Riesgos Laborales, incluidos en el Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2008.
La Comisión Municipal de Formación del personal funcionario y la Comisión Municipal de Formación del personal laboral, en sesiones ordinarias de fecha 17 de julio de 2008, acordaron aprobar el contenido de los programas citados en el párrafo anterior, dentro del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2008.
El Acuerdo de 5 de junio de 2008, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos, atribuye al Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid la competencia para el diseño y ejecución de los planes y programas de formación de los empleados públicos y directivos del Ayuntamiento de Madrid.
La oferta formativa del Programa de Prevención de Riesgos Laborales y del Programa de Formación Virtual-Área de Prevención de Riesgos Laborales, se acompaña como documento anexo a esta Resolución.
En atención a los antecedente descritos,
RESUELVO
Primero. Programa de Formación de Prevención de Riesgos Laborales y Programa de Formación Virtual - Área de Prevención de Riesgos Laborales.
Mediante la presente Resolución se da publicidad a la oferta formativa del Programa de Prevención de Riesgos Laborales y del Programa de Formación Virtual-Área de Prevención de Riesgos Laborales, incluidos en el Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2008, criterios de acceso a las diferentes acciones formativas, así como el régimen de asistencia y expedición de certificados.
Segundo. Destinatarios.
Las acciones formativas que integran el Programa de Formación de Prevención de Riesgos Laborales y del Programa de Formación Virtual Área de Prevención de Riesgos Laborales, dentro del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid 2008, van dirigidas a los/as empleados/as del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos que cumplan con las condiciones establecidas para cada una de las acciones formativas y con los criterios de admisión y selección.
En este sentido, en cada una de las acciones formativas se indica el perfil de los destinatarios a quienes se dirige.
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y hasta el día 30 de septiembre de 2008. Dichas solicitudes tendrán una vigencia de dos años.
Cuarto. Tramitación de las solicitudes y lugar de presentación.
El/la empleado/a que esté interesado en realizar alguna acción formativa de este tipo podrá solicitarlo utilizando cualquiera de los dos procedimientos que se exponen a continuación:
- A través de ayre, en el canal Laboral, Formación, Solicitudes, Solicitudes Cursos obligatorios-restringidos, debiéndose ajustar a lo especificado en esta sección para su correcta cumplimentación. La utilización de este sistema permitirá al interesado conocer el estado de tramitación de su solicitud.
- A través de "Instancia de solicitud de acceso a cursos restringidos" en formato papel autocopiativo por triplicado, siendo una hoja para el interesado, otra para la persona que autoriza estos cursos y una tercera para el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid.
La instancia será facilitada por el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, los Interlocutores de Formación y las Centrales Sindicales.
Los/as empleados/as que soliciten los cursos a través de este procedimiento deberán cumplimentar correctamente los datos personales y administrativos, así como los cursos de su interés y, una vez firmada la solicitud, presentarla en su Unidad Orgánica. Se quedarán con la copia "ejemplar para el interesado" y enviará al Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid la copia que especifica "ejemplar para el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid".
El ejemplar presentado en la Unidad Orgánica del interesado deberá ser cumplimentado por el Subdirector General o, en su caso, responsable autorizado, quien autorizará o no la asistencia a los cursos solicitados. En caso afirmativo señalará el grado de prioridad en cada uno de ellos, y en el supuesto de no autorizar la solicitud deberá indicar los motivos que lo justifican. Una vez realizado este trámite, lo remitirá al Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid.
Se enviará una sola solicitud por empleado. La presentación por una vía no debe reiterarse por la otra. En caso de duplicidad, será atendida la solicitud que primero sea recibida en el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid.
Quinto. Criterios de selección y denegación de solicitudes.
Una vez realizada la tramitación de la solicitud, el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid procederá a su validación, paso previo imprescindible para la admisión definitiva del alumno/a al curso.
Este proceso incluye los siguientes controles:
- Verificación de estar incluido en el colectivo destinatario al que se dirige la acción formativa.
- Verificación de que los contenidos del curso que solicita no están incluidos en otros cursos que haya realizado.
- Grado de prioridad en la realización del curso: urgente o necesario.
Se denegarán las solicitudes que no cumplan con los criterios anteriores. La denegación deberá ser motivada.
Los supuestos de denegación serán estudiados por las Comisiones Municipales de Formación.
Sexto. Realización de las actividades formativas.
Las acciones formativas incluidas en el Programa de Prevención de Riesgos Laborales son cursos presenciales y restringidos, con lo cual, se realizarán en la jornada laboral del/la empleado/a. El régimen de asistencia de las acciones formativas presenciales será el mismo que se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 6 de marzo de 2008, con motivo de la publicación del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2008.