BOAM nº 7618 (14/03/2016)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible
578
Resolución de 8 de marzo de 2016 del Director General de Estrategia Urbana por la que se ordena la publicación de la modificación de la resolución de concesión definitiva de subvención a beneficiarios de las ayudas destinadas a obras que se realicen en edificios y viviendas incluidos en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés y San Cristóbal de los Ángeles y de la Zona Integrada de Ciudad de los Ángeles.De acuerdo con el artículo 18 del Decreto de 11 de julio de 2013, de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por los que se aprueban la convocatoria pública de subvenciones 2013 destinadas a obras que se realicen en edificios y viviendas incluidos en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés y San Cristóbal de los Ángeles y de la Zona Integrada de Ciudad de los Ángeles, debe procederse a la notificación de la modificación de la resolución de concesión definitiva a los interesados, que se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En las fechas que se indican en cada caso, el Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible ha dictado resolución definitiva de concesión de subvención para cada uno de los beneficiarios del Anexo, y que incluye en cada caso la ayuda concedida y la fecha de modificación de la resolución de concesión definitiva. El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Subdirección General de Ayudas a la Regeneración del Ayuntamiento de Madrid, calle Ribera del Sena, n.º 21, 28042-Madrid.
Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo imponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Madrid, a 8 de marzo de 2016.- El Director General de Estrategia Urbana, Juan Manuel Fernández Alonso.