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BOAM nº 7183 (09/06/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

1122

Resolución de 29 de mayo de 2014 de la Directora General de Relaciones Laborales de trabajadores que han solicitado la ayuda de abono transporte año 2014 y deben subsanar o aportar documentación.

El Texto refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015, establece en su artículo 26, la ayuda de abono transporte y dice:

 

ABONO DE TRANSPORTE:

 

"1. La Administración tramitará y hará entrega gratuita al personal a que se refiere el artículo 22.1 con exclusión del personal con nombramiento o contrato temporal y al personal jubilado a que se refiere el artículo 22.2, párrafo primero, de este Acuerdo-Convenio cuando no proceda la entrega del abono transporte de tercera edad, del abono transporte anual expedido por el Consorcio Regional de Transportes de Madrid, de la zona que le corresponda en razón a su domicilio real y efectivo a éstos efectos y su lugar de trabajo, siempre que al menos uno de los dos esté incluido en una de las siguientes zonas; A, B1, B2, B3, C1 Y C2, sin perjuicio de las previsiones establecidas para el abono de transporte en metálico. Al personal jubilado a que se refiere el artículo 22.2, párrafo primero, de este Acuerdo-Convenio se le hará entrega del abono transporte que tuviera en el momento de su jubilación, cuando no proceda la entrega del abono transporte de tercera edad por no reunir requisito de edad."

 

Según acuerdo de la COMISE de fecha 7 de julio de 2009, se establece como documento que acredite el domicilio real y efectivo la tarjeta sanitaria, o en su defecto puede presentar cualquier otro documento que justifique dicho requisito.

 

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20.1.g) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 17 de enero de 2013, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos,

 

RESUELVO

 

Hacer pública la relación de trabajadores incluidos en el presente expediente para que subsanen o aporten la documentación requerida correspondiente a la ayuda de abono transporte.

 

Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios, ubicado en la Oficina de Registro del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública (Personal) calle Bustamante 16, planta baja y en la intranet municipal Ayre, con fecha de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.

 

Madrid, a 29 de mayo de 2014.- La Directora General de Relaciones Laborales, Francisca Segado Álvarez.

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