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BOAM nº 9734 (09/10/2024)
Madrid Salud

3413

Resolución de 7 de junio de 2024 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la concesión de las ayudas de transporte en metálico al personal del Organismo Autónomo Madrid Salud, convocatoria año 2024.

El Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 se publicó en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, el 2 de enero de 2019. En el artículo 31 del citado texto se regulan las ayudas de transporte, entre las que se encuentra la ayuda de transporte en metálico.

 

Por Acuerdo de 23 de noviembre de 2023 la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, aprueban las bases generales de la convocatoria de las ayudas de acción social para 2024 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social, las cuales se publican el 27 de noviembre de 2023 en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Las bases específicas que regulan las ayudas de transporte en metálico establecen los requisitos, incompatibilidades específicas y/o exclusiones, así como la documentación que debe acompañarse y establecen en su artículo 5 el plazo de presentación de solicitudes y el artículo 4.3 de las bases generales de la convocatoria de las ayudas de acción social 2024, se indica el modo de publicar la resolución después de las subsanaciones.

 

Sin perjuicio de la custodia del expediente original en la sede de la Gerencia del Organismo Autónomo Madrid Salud, avenida del Mediterráneo, 62, el personal municipal podrá consultar en la intranet municipal Ayre, en la sección "Ayre/Mi área personal/Mis ayudas", la información individual de la ayuda solicitada desde el día de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

El personal que hubiera sido cesado o se encontrara en situación administrativa de servicios especiales, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar, servicio en otras Administraciones Públicas, suspensión de funciones o excedencia voluntaria por situación de servicio activo en otro Cuerpo o Escala de cualquiera de las Administraciones Públicas podrá acceder a la aplicación de acción social identificándose electrónicamente en https://exempleado.madrid.es.

 

En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia,

 

RESUELVE

 

PRIMERO.- Acumular en un único expediente la renovación de las ayudas de transporte en metálico que se adjuntan al presente expediente, dado su identidad sustancial de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

SEGUNDO.- Conceder a las personas que se indican en el expediente, por el periodo que figura en el mismo, la renovación de la ayuda de transporte por los importes mensuales que se señalan.

 

TERCERO.- Autorizar y disponer el gasto, reconocer la obligación y liquidar el pago por el importe que proceda en los expedientes mensuales de nómina, hasta el total anual de 658,32 € correspondiente a la ayuda de transporte en metálico según a la zona que le corresponda a cada trabajador o trabajadora.

 

CUARTO.- Imputar el gasto de 658,32 € a las aplicaciones presupuestarias siguientes:

 

· 508/120/311.00/162.02 "Transporte de Personal. Dirección y Gestión Administrativa" del Presupuesto del Organismo Autónomo Madrid Salud, por importe de 233,52 €. 

· 508/120/311.02/162.02 "Transporte de Personal Adicciones" del Presupuesto del Organismo Autónomo Madrid Salud, por importe de 228,60 €. 

· 508/120/311.03/162.02 "Transporte de Personal Prevención y Promoción de la Salud" del presupuesto del Organismo Autónomo Madrid Salud, por importe de 196,20 €.

 

QUINTO.- Hacer pública la adopción de esta resolución mediante su inserción en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la intranet municipal "Ayre/Área de actividades/Salud/Personas/Acción Social" y ordenar la inserción de la información individual relativa a las solicitudes de ayudas por discapacidad física, intelectual o sensorial, en la intranet municipal "Ayre", en la ruta "Mis área personal/Mis ayudas".

 

Contra la expresada resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso ordinario de reposición con carácter potestativo, ante el mismo órgano que adoptó la resolución, en el término de un mes al ser este un acto expreso, contado a partir del día siguiente al de recibir esta notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa (artículos 8.1, 14.1,2ª, 46 de la Ley 29/1998).

 

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

 

Madrid, a 7 de junio de 2024.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.

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