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BOAM nº 9728 (01/10/2024)
Agencia para el Empleo

3267

Resolución de 30 septiembre de 2024 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se ordena la publicación de la corrección de error material en la publicación de la convocatoria pública de subvenciones destinada a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos dirigidos a la mejora de la empleabilidad e inserción sociolaboral que incorporen medidas de ayuda a la conciliación destinados a mujeres desempleadas en las anualidades 2024 y 2025.

Advertido error material en la transcripción de la Resolución de 5 de julio de 2024 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinada a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en la ciudad de Madrid proyectos dirigidos a la mejora de la empleabilidad e inserción sociolaboral que incorporen medidas de ayuda a la conciliación destinados a mujeres desempleadas en las anualidades 2024 y 2025, publicada en el BOAM número 9.673, de 12 de julio de 2024, en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/20215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede subsanar el error material apreciado en dicha publicación en el siguiente sentido:

 

- Donde dice:

 

Artículo 4.- Finalidad y definición del proyecto

 

4.2. Las entidades que deseen participar en la convocatoria deberán presentar un proyecto que abarque el plazo establecido en el apartado 8, como máximo de 20 páginas (tamaño de letra mínimo 10), en el que desarrollen la propuesta de itinerarios de empleabilidad individualizados y tutorización, mediante la descripción y cuantificación tanto de acciones como de participantes, y el cronograma de las actuaciones a llevar a cabo. Deberá, al menos, incluir los siguientes apartados:

 

a) Actuaciones preparatorias: constitución y cohesión del equipo de orientación/intermediación, diseño de materiales y recursos para las mujeres participantes, así como sistemas de evaluación del proyecto y retroalimentación e incorporación de ajustes para la optimización de los resultados. Definición de sistemas de difusión y captación de las participantes y comprobación de requisitos.

 

b) Actuaciones iniciales: presentación del proyecto, entrevistas personales para el análisis del historial profesional y formativo, la detección de vocaciones y necesidades y la derivación a los distintos itinerarios. Sistemas para el mantenimiento de canales de comunicación, abiertos y actualizados con el conjunto de mujeres sensibilizadas y captadas en el marco del proyecto.

 

c) Diseño de itinerarios tipo para la inserción laboral mediante actividades para la búsqueda activa de empleo, acciones de intermediación laboral, acompañamiento en la contratación e inserción en la empresa.

 

d) Diseño de una agenda del itinerario que comprenderá las actividades realizadas, revisión del calendario, observaciones sobre las posibilidades de mejora de competencias que cada participante deberá cumplimentar.

 

e) Seguimiento de cada mujer participante, una vez conseguida su inserción laboral, durante los tres meses posteriores, siempre que dicho objetivo se hubiera producido dentro del periodo subvencionable, en colaboración con la empresa.

 

f) Desarrollo de acciones formativas en competencias transversales que incluyan entre otras áreas: trabajo en equipo y habilidades sociales, sensibilización medioambiental, competencias digitales y seguridad informática, canales de comunicación multimedia y prevención de riesgos laborales. Las actividades tendrán carácter presencial y se organizarán en grupos de mínimo 8 participantes y máximo de 25.

 

g) Acciones para reforzar la motivación de las mujeres hacia los objetivos del proyecto, así como fortalecer y trabajar la mejora de competencias, a través de la programación de actividades grupales periódicas y presenciales, de mínimo 8 participantes y máximo de 25. El objetivo de estas acciones es generar un clima de confianza entre todas las participantes, buscar objetivos comunes, fomentar sinergias y mejorar la responsabilidad y el compromiso. Estarán dirigidas a trabajar la identidad, la capacidad de relación, la escucha activa, la empatía, la identidad y el trabajo en equipo, así como potenciar el desarrollo personal y promover una actitud positiva hacia la superación de las dificultades y a la eliminación de trabas que impidan o limiten la participación y permanencia en el itinerario. Estas sesiones grupales podrán consistir en píldoras formativas, talleres, colaboraciones externas o pequeños retos.

 

Así mismo, la entidad facilitará a las mujeres participantes en el proyecto información acerca de otros recursos públicos a los que puedan optar y asesoramiento sobre los derechos en materia de conciliación de la vida familiar y laboral.

 

h) Diseño de la tutorización y acompañamiento durante todo el programa, adaptado a los distintos itinerarios, según las necesidades identificadas. Determinación de etapas y tutorías a realizar, sistemas de evaluación. Establecimiento de canales abiertos de comunicación.

 

i) Prospección del tejido empresarial, actuaciones de difusión del proyecto, análisis del mercado laboral, captación de ofertas de empleo, casación de oferta y demanda, seguimiento de la inserción y apoyo a la mujer para el mantenimiento del empleo. Asesoramiento a empresas de recursos y ayudas relacionadas con la contratación.

 

j) Medidas de ayuda a la conciliación que permitan la asistencia a las actividades del proyecto de las mujeres con hijos a cargo menores de 6 años, que las entidades deberán facilitar a las participantes, bien con medios propios o ajenos. Igualmente deberán disponer de espacios de estudio con el mismo fin para hijos de hasta 12 años. Adaptación de agendas y horarios de las actividades para facilitar la conciliación familiar.

 

Así mismo, se podrán incluir ayudas económicas a los participantes que contribuyan a facilitar la realización de los itinerarios. Podrán consistir en ayudas de transporte, manutención u otras que considere precisas la entidad beneficiaria para el cumplimiento de los objetivos, siempre y cuando dicha necesidad esté debidamente justificada.

 

El importe máximo en conjunto de dichas ayudas no podrá superar el 10% de la subvención concedida en cada anualidad.

 

k) Recursos materiales, tecnológicos y de espacio dedicados al programa y sus usuarios con el establecimiento de la disponibilidad de los mismos, en caso de que sean compartidos con otros programas.

 

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