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BOAM nº 10056 (02/02/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

301

Decreto de 10 de diciembre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de cinco becas de investigación en materia de museos y fondos documentales en instituciones dependientes del Ayuntamiento de Madrid, para el año 2026.

Vista la propuesta de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos que antecede y obra en el expediente, una vez fiscalizada de conformidad por la Intervención Delegada en Alcaldía, Cultura, Turismo y Deporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1.n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las facultades que le han sido delegadas por el apartado 3.º1.9 del Acuerdo del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de cinco becas de investigación en materia de museos y fondos documentales en instituciones dependientes del Ayuntamiento de Madrid para el año 2026, que figura como anexo.

 

SEGUNDO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 10 de diciembre de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

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