BOAM nº 8060 (28/12/2017)
Distrito de Usera
2797
Decreto de 26 de diciembre de 2017 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se aprueba la concesión de subvenciones 2017 a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para proyectos de innovación educativa.Vista la propuesta de resolución definitiva, de fecha 20 de noviembre de 2017, y su rectificación de fecha 14 de diciembre de 2017 formulada por el órgano instructor de la convocatoria pública de subvenciones 2017 a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para proyectos de innovación educativa que supongan una mejora del servicio educativo que prestan y que favorezcan la compensación de desigualdades socioeducativas y culturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la convocatoria, y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 29 de octubre de 2015 (BOCM de 10 de noviembre de 2015), vengo en dictar el siguiente Decreto:
PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones a los centros educativos propuestos como beneficiarios que han comunicado su aceptación de manera expresa, para proyectos de innovación educativa que suponga una mejora del servicio educativo que prestan y favorezcan la compensación de desigualdades socioeducativas y culturales y por los importes que figuran en el Anexo I, en resolución de la convocatoria pública de Subvenciones 2017 a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos del Distrito de Usera para proyectos de innovación educativa, aprobada por Decreto de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera de 28 de agosto de 2017, por un importe total de 86.904,78 euros, que se hará efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 2017-001-212-326.01-489.01 "Servicios complementarios educativos. Otras transferencias a Instituciones sin fines de lucro".
SEGUNDO.- Desestimar el resto de solicitudes de subvenciones de los centros educativos que figuran en el Anexo II, por las causas que se indican en el mismo.
TERCERO.- Notificar la presente resolución a los centros educativos solicitantes, según lo dispuesto en el artículo 11 de la convocatoria, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica https://sede.madrid.es. De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos. Igualmente, se dará publicidad a través de la base de datos nacional de subvenciones, de conformidad por lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
2. Directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 26 de diciembre de 2017.- La Concejala Presidenta del Distrito de Usera, Rommy Arce Legua.