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BOAM nº 7787 (18/11/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas

2435

Resolución de 2 de noviembre de 2016 de la Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la propuesta provisional de procedimiento sancionador ordinario efectuada a D. Humberto Benigno Piza Pincay, expediente número 117/2016/01085.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la propuesta provisional de procedimiento sancionador ordinario en calle Hermanos García Noblejas, 99, expediente número 117/2016/01085, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, número 28.

 

Denunciado: Humberto Benigno Piza Pincay.

Lugar de los hechos: calle Hermanos García Noblejas, 99.

Hechos denunciados: instalación de terraza de veladores y carecer de seguro obligatorio. No presentar autorización.

Norma infringida: artículos 43.3.a) y 43.2.d) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de julio de 2013.

 Calificación y artículos de la sanción: falta muy grave, artículo 43.3.a) falta grave, artículo 43.2.d.

 Sanción Prevista: artículo 44.1.c), falta muy grave: multa hasta 3.000 euros, artículo 44.1.b, falta grave: multa hasta 1.500 euros.

 Fecha de la denuncia: 13 de noviembre de 2015 a las 20:55 horas.

 

"Imponer a D. Humberto Benigno Piza Pincay, la sanción de 2.100 euros como autor de la infracción prevista en los artículos 43.3.a) y 43.2.d) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid con fecha 30 de julio de 2013, por los siguientes hechos: " instalación de terraza de veladores en la calle Hermanos García Noblejas, 99, sin la preceptiva autorización y carecer de seguro obligatorio para la misma", según acta de inspección de Policía Municipal de fecha 13 de noviembre de 2015 a las 20:55 h, al calificar la sanción como falta muy grave, y grave, respectivamente, en los citados artículos, y sancionado en sus artículos 44.1.c) y 44.1.b) toda vez que:

 

1º.- Transcurrido el plazo concedido para presentar alegaciones, estas no han sido presentadas.

 

2º.- Todo ello de conformidad con los artículos de la citada norma y el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid".

 

Madrid, a 2 de noviembre de 2016.- La Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas, Delia Berbel Aguilera.

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