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BOAM nº 7263 (01/10/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

1749

Decreto de 24 de septiembre de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba el programa de carácter temporal denominado Programa de carácter temporal de refuerzo de medios personales para la ejecución de las competencias atribuidas en la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid.

El apartado Sexto.2 del Decreto de 15 de febrero de 2010, del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se establecen los criterios y el procedimiento para el nombramiento de funcionarios interinos y la contratación de personal temporal señala que podrá solicitarse el nombramiento de funcionarios interinos para la ejecución de programas de carácter temporal cuando como consecuencia de una nueva atribución de competencias, la implantación de nuevos procedimientos administrativos o el desarrollo de nuevos planes o programas surjan necesidades de abordar una serie de actuaciones o de prestar una serie de servicios, de carácter no permanente, que no puedan ser cubiertos con los efectivos existentes en ese momento.

 

Por otro lado, el artículo 21. Dos de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 señala que: "Durante el año 2014 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales". En este sentido, el apartado Tercero.3 del Decreto de 15 de febrero de 2010, del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se establecen los criterios y el procedimiento para el nombramiento de funcionarios interinos y la contratación de personal temporal considera como un servicio público esencial la inspección urbanística y tramitación de licencias.

 

En el ejercicio de sus competencias, la Gerencia del organismo autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades ha propuesto, de acuerdo con el artículo 10.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la aprobación de un programa de carácter temporal que tiene por finalidad el nombramiento de veintisiete funcionarios interinos para el refuerzo de los medios personales de las unidades administrativas encargadas de la concesión de licencias de actividades económicas y tramitación de declaraciones responsables, que se han visto afectadas por la aprobación de la Ordenanza para la apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, aprobada por Acuerdo de 28 de febrero de 2014, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, que ha supuesto el establecimiento de un nuevo modelo de competencias municipales en materia de licencias de actividades, basado en la declaración responsable del interesado que implica un sistema de control a posteriori por parte de la Administración.

 

La duración prevista del Programa se ha estimado en un año, prorrogable por otro más, de acuerdo con el apartado Séptimo del Decreto de 15 de febrero de 2010, del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se establecen los criterios y el procedimiento para el nombramiento de funcionarios interinos y la contratación de personal temporal, que establece que la duración del nombramiento de funcionarios interinos no podrá exceder de la del propio programa de carácter temporal, con el límite máximo de un año, prorrogable por otro más.

 

La Dirección General de Presupuestos con fecha 2 de septiembre de 2014 ha informado favorablemente la aprobación del presente programa. Asimismo, consta en el expediente el informe favorable de la Dirección General de Sector Público de 17 de septiembre de 2014.

 

Por otro lado, el expediente cuenta igualmente con el informe favorable de la Intervención Delegada de Recursos Humanos de fecha 23 de septiembre de 2014.

 

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con el artículo 3.3.2 párrafos b) y k) del Acuerdo de 17 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobación del programa de carácter temporal.

 

Mediante el presente Decreto se aprueba el programa de carácter temporal denominado "Programa de carácter temporal de refuerzo de medios personales para la ejecución de las competencias atribuidas en la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid" para el nombramiento de funcionarios interinos para el refuerzo de los medios personales de las unidades administrativas encargadas de la concesión de licencias de actividades económicas y tramitación de declaraciones responsables de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza para la apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, aprobada por Acuerdo de 28 de febrero de 2014, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid.

 

El nombramiento de los funcionarios interinos derivado de este Programa se realizará según lo previsto en el apartado Séptimo del Decreto de 15 de febrero de 2010, del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se establecen los criterios y el procedimiento para el nombramiento de funcionarios interinos y la contratación de personal temporal.

 

SEGUNDO.- Objeto.

 

El objeto del presente programa de carácter temporal es el nombramiento de veintisiete funcionarios interinos para el refuerzo de los medios personales de las unidades administrativas dependientes del organismo autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, encargadas de la concesión de licencias de actividades económicas y tramitación de declaraciones responsables.

 

TERCERO.- Causas que justifican su adopción.

 

El presente programa se adopta como consecuencia de las nuevas competencias en materia de licencias que se derivan de la aprobación de la Ordenanza para la apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, que establece un modelo de declaración responsable del interesado que implica un sistema de control a posteriori por parte de la Administración.

 

CUARTO.- Duración del programa.

 

La duración prevista del Programa es de un año prorrogable por otro más. A efectos del cómputo del plazo total de duración del programa, se faculta a la Coordinadora General de Recursos Humanos para establecer formalmente la fecha de inicio del mismo.

 

QUINTO.- Previsión de efectivos necesarios. 

 

1. En ejecución del presente Programa será preciso el nombramiento de veintisiete funcionarios interinos, correspondientes a las siguientes categorías:

 

- 11 Ingenieros Técnicos

- 6 Técnicos de Administración General

- 10 Auxiliares Administrativos

 

2. Los funcionarios interinos desarrollarán, respectivamente, las funciones propias correspondientes a los siguientes puestos de trabajo:

 

- Puesto denominado "Ingeniero Técnico", de la categoría "Ingeniero Técnico" , subgrupo A2 de clasificación profesional, nivel 20 de complemento de destino y un complemento específico de 20.868,54 euros.

 

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