BOAM nº 6225 (14/07/2010)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
1429
Resolución de 7 de julio de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid (IAM) por la que se conceden Ayudas de Estudios para la formación de personal curso 2009/2010.El Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2008/2011, establece en su artículo 30 la Ayuda de Estudios para la formación del personal.
Las Bases que regulan esta ayuda fueron publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el 2 de febrero de 2010, por Resolución de la Directora General de Relaciones Laborales de fecha 22 de enero de 2010.
Examinadas las solicitudes presentadas para el curso 2009/20010 por el personal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid y comprobado que cumplen los requisitos exigidos, el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 15.1,k) de los Estatutos del citado Organismo Autónomo, en la redacción dada a los mismos por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha de 31 de enero de 2008 (BOAM del 7 de febrero de 2008),
RESUELVE
Conceder de forma individualizada veintinueve Ayudas de Estudios para la formación del personal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, curso 2009/2010, a los trabajadores que se relacionan en el presente expediente y por el importe individual que a cada uno se especifica.
Ordenar la exposición en el tablón de anuncios del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, ubicado en la calle Albarracín, 33, planta baja y en la Intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de los solicitantes a los que se concede la Ayuda de Estudios para la formación del personal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, curso 2009/2010.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Madrid, a 7 de julio de 2010.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Jorge García Reig.