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BOAM nº 6387 (09/03/2011)
Distrito de San Blas

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Resolución de 16 de diciembre de 2010 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se impone una sanción al titular de la actividad denominada Bar Guerrero, sita en la calle Zumel, 3, expediente número 117/2010/05574.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de la resolución de imposición de sanción en expediente sancionador número 117/2010/05574, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.

 

Referencia: 117/2010/05574.

Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de San Blas.

Emplazamiento: Calle Zumel, 3

Interesado: El titular de la actividad denominada Bar Guerrero.

Hechos denunciados: Falta de exposición en lugar visible del documento licencia y plano de detalle de la terraza de veladores. No presentar o carecer del seguro obligatorio para la terraza de veladores. No presentar el plano de detalle de la terraza de veladores. Instalación de más elementos de los autorizados, concretamente 3 mesas y 12 sillas más.

Norma infringida: Articulo 53.1.c) por falta de exposición en lugar visible del documento licencia y del plano de detalle de la terraza de veladores, artículo 53.2.f) por no presentar o carecer del seguro para la terraza de veladores, artículo 53.2.k) por no presentar el plano de detalle de la terraza de veladores y artículo 53.2.c) por instalación de más elementos de los autorizados en la terraza de veladores. Todos los artículos referidos a la Ordenanza Reguladora de Veladores y Quioscos de Hostelería aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 26 de diciembre de 2006.

Calificación de la infracción: Leve para la infracción del artículo 53.1.c), grave para el resto de las infracciones de los artículos 53.2.f), 53.2.k) y 53.2.c), todos ellos de la citada Ordenanza Reguladora de Veladores y Quioscos de Hostelería.

Importe de la sanción: Multa de 1.500,00 euros (artículo 54 de la Ordenanza Reguladora de Veladores y Quioscos de Hostelería).

Fecha de la denuncia: 28 de julio de 2010, a las 13:15 horas.

 

Contra la expresada resolución podrán interponer los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente del Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con la siguiente normativa:

Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, LRJPAC.

En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.

II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente, artículo 58 LRJPAC.

 

Madrid, a 16 de diciembre de 2010.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.

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