BOAM nº 6269 (14/09/2010)
Madrid Salud
1718
Resolución de 10 de septiembre de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la relación de solicitudes que requieren subsanación de la Ayuda de Comedor Escolar para hijos de 3 a 16 años del Organismo Autónomo Madrid Salud. Curso 2009/2010Por Resolución de 22 de enero de 2010 de la Directora General de Relaciones Laborales se hacen públicas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 2 de febrero de 2010, las bases reguladoras para el año 2010 de las Ayudas de Acción Social, aprobadas por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
Conforme a las citadas bases reguladoras, Anexo VIII, puede solicitar Ayudas de Comedor Escolar el personal en activo que cumplan los requisitos establecidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación.
Efectuada la convocatoria de las citadas Ayudas de Comedor Escolar, se ha procedido a la revisión de las solicitudes presentadas, comprobándose los solicitantes que deben subsanar faltas o aportar documentación, por lo que dando cumplimiento a lo establecido en el Anexo VIII, apartado 9, de las citadas bases, se va a proceder a la publicación de la oportuna relación.
En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia,
RESUELVE
Primero.- Publicar en el tablón de anuncios de Madrid Salud, calle Juan Esplandiú, 11, y en la intranet municipal Ayre la relación de solicitantes a los que se les requiere la subsanación de documentación correspondiente a solicitudes presentadas de Ayuda de Comedor Escolar para hijos de 3 a 16 años. Curso 2009/2010.
Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid extracto del anuncio.
En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.
Madrid, a 10 de septiembre de 2010.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, José Manuel Torrecilla Jiménez.