BOAM nº 5877 (19/12/2008)
Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende
3312
Resolución de 28 de noviembre de 2008 del Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende por la que se conceden dos Ayudas de Piscina para el personal de “Madrid Emprende” que figura en el expediente y se deniega una Ayuda de Piscina para el personal de “Madrid Emprende” que igualmente figura en el expediente.En ejecución de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los Estatutos de la Agencia, Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 256, de 27 de octubre de 2004, el Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende ha aprobado la siguiente Resolución:
DISPONGO
PRIMERO: Conceder las ayudas sociales en concepto de Ayudas de Piscina 2008 para los trabajadores de Madrid Emprende que se relacionan seguidamente y por el importe que para cada uno se especifica, así como aprobar el gasto por un importe total de 64,00 € que se imputará a la partida 507/075/612.03/162.04 del vigente Presupuesto de gastos de 2008, procediendo a incluir las correspondientes cantidades en la nómina mensual de cada trabajador.
SEGUNDO.- La relación de trabajadores e importes referidas en el apartado primero es la siguiente:
NOMBRE Y APELLIDOS IMPORTE (EUROS)
Fco. Javier Chico Requena 29,85
Fco. Ignacio Pérez Hernanz 34,15
Total 64,00
TERCERO: Denegar la ayuda social en concepto de Ayuda de Piscina 2008 solicitada por la trabajadora de Madrid Emprende Dª Pilar Gutiérrez García por la siguiente causa: Por no cumplir con lo requerido en el Apartado 5.2. de las vigentes Bases Reguladoras de las Ayudas para Piscina publicadas en el BOAM de 21.02.2008."
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Madrid, a 28 de noviembre de 2008.- El Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico Madrid Emprende, José Ignacio Ortega Cachón.