BOAM nº 7974 (22/08/2017)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes
1829
Resolución de 18 de agosto de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 7 de agosto de 2017, por el que se aprueba la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva destinada a galerías de arte y centros expositivos para los años 2017-2018 y las correspondientes bases.Una vez aprobadas las bases por las que ha de regirse la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a galerías de arte y centros expositivos para los años 2017-2018, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015 y de conformidad con el artículo seis de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:
Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Alcaldesa de Madrid, de fecha 7 de agosto de 2017, y las correspondientes bases, con el siguiente contenido:
A la vista de las actuaciones del expediente de referencia y, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las facultades que me han sido delegadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, destinada a galerías de arte y centros expositivos para los años 2017-2018, aprobando las correspondientes bases.
SEGUNDO.- Autorizar un gasto de 160.000 euros, en concepto de convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, destinada a galerías de arte y centros expositivos para los años 2017-2018, con cargo a las aplicaciones presupuestarias:
2017/001/098/333.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas": 80.000 euros.
2018/001/098/333.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas": 80.000 euros.
CONVOCATORIA PÚBLICA DEL ÁREA DE GOBIERNO DE CULTURA Y DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID, DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A GALERÍAS DE ARTE Y CENTROS EXPOSITIVOS
Disposiciones generales
ARTÍCULO 1. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria el apoyo a las galerías de arte y centros expositivos madrileños a través de la financiación de actividades que permitan incrementar su presencia en el panorama artístico de la ciudad, el conocimiento y promoción de los artistas representados, la aproximación con otros profesionales del sector y el acercamiento a un mayor número de personas interesadas en el mundo del Arte. Se pretende fomentar la creación, la difusión de las artes visuales contemporáneas como forma de generar oportunidades nuevas, ganar cuota de mercado y establecer contactos artísticos a todos los niveles.
Se trata por lo tanto de promover la realización de actividades que, partiendo de la labor principal de las galerías como intermediarios entre el artista y el público, permitan una proyección de la labor de aquellas, en beneficio de su posición en el panorama artístico nacional e internacional así como el acceso a un mayor número de personas o colectivos interesados.
ARTÍCULO 2. Período subvencionable.
La presente convocatoria ampara las subvenciones que puedan ser obtenidas por las entidades beneficiarias en función de la actividad desarrollada desde el 15 de enero de 2017 hasta el 31 de octubre de 2018, dividido a efectos de justificación en dos periodos:
- Del 15 de enero al 31 de octubre de 2017 imputable al ejercicio presupuestario 2017.
- Del 1 de noviembre de 2017 al 31 de octubre de 2018 imputable al ejercicio presupuestario 2018.
ARTÍCULO 3. Requisitos de los solicitantes.
A los efectos de la presente convocatoria, podrán acceder a la subvención aquellos profesionales o personas jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
Ser empresario, tanto persona jurídica como autónomo que tenga como actividad y objeto social, único o entre otros, la de intermediación en el mercado del Arte.
Tener, en el momento de solicitar la ayuda, residencia fiscal y ubicación física en la ciudad de Madrid.
Haber realizado una labor continuada al frente de la galería en los dos años inmediatamente anteriores a la publicación en el BOAM de esta convocatoria.
Quedan fuera de la presente convocatoria de subvención las instituciones sin ánimo de lucro y las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos.
ARTÍCULO 4. Importe.
El importe total para esta convocatoria es de 160.000 euros, quedando consignada del siguiente modo:
- 2017/001/098/333.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas": 80.000 euros.
- 2018/001/098/333.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas": 80.000 euros.
La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el año 2018.
Los fondos serán concedidos según la valoración de las propuestas, y con los límites establecidos para el importe de las ayudas, si bien la convocatoria no obliga al Área de Gobierno de Cultura y Deportes al gasto íntegro del presupuesto indicado.
ARTÍCULO 5. Gastos subvencionables.
Tendrán consideración de gastos subvencionables los generados directamente por proyectos e iniciativas que tengan lugar durante el periodo subvencionable, específicas para el fomento de las artes visuales contemporáneas, que revista cualquier modalidad y forma de presentación y ejecución: realización de cursos, encuentros, conferencias, publicaciones, asistencia a ferias de Arte, programas de residencia, etc.
Con carácter enunciativo, se establece la siguiente relación de gastos subvencionables:
- Gastos por arrendamiento de servicios profesionales para organización de encuentros, seminarios, conferenciantes y ponentes.
- Arrendamiento de servicios de intérpretes y empresas de traducción simultánea.
- Gastos de alquiler de mobiliario, equipamiento y otros materiales para las actividades (sillas, mesas, proyector, pantallas, tablets, material papelería).