BOAM nº 5786 (13/12/2007)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
3208
Resolución de 7 de diciembre de 2007 del Director del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid por la que se da publicidad a la oferta formativa en su modalidad virtual dentro del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para 2008.El Acuerdo de 18 de junio de 2007, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos, atribuye al Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid la competencia para el diseño y ejecución de los planes y programas de formación de los empleados públicos y directivos del Ayuntamiento de Madrid.
La Comisión Municipal de Formación del personal funcionario y la Comisión Municipal de Formación del personal laboral, en sesiones de fecha de 5 de diciembre de 2007, acordaron establecer los criterios de acceso a la formación en su modalidad virtual y la oferta formativa virtual 2008 que se acompaña en documento Anexo a esta Resolución y que, inicialmente, incluye formación en materia informática.
En atención a los antecedentes descritos,
RESUELVO
Primero.- Convocatoria:
Convocar, dentro del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para 2008, la oferta formativa en su modalidad virtual.
Segundo.- Destinatarios.
Serán destinatarios los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
Tercero.- Solicitudes.
1. El/la empleado/a que esté interesado/a en realizar alguna acción formativa de este tipo podrá solicitarlo a través de ayre el canal Profesional > Formación, debiéndose ajustar a lo especificado en esta sección para su correcta cumplimentación. La utilización de este sistema permitirá al interesado/a conocer el estado de tramitación de la solicitud.
2. Todos los/las empleados/as municipales podrán tramitar su solicitud a través de ayre introduciendo previamente su clave personal de acceso. Sólo se admitirá una única solicitud por persona, pudiéndose solicitar como máximo cuatro cursos. No obstante, el número máximo de cursos de formación virtual que podrán realizarse durante el año será de tres.
3. Los cursos de la oferta formativa en su modalidad virtual, objeto de esta convocatoria, podrán realizarse en el puesto de trabajo o fuera de él, mediante conexión a Internet, siempre y cuando lo permita el sistema de comunicaciones que haya establecido el Ayuntamiento de Madrid para el acceso externo a la plataforma de cursos virtuales.
El procedimiento de acceso será el siguiente: el superior jerárquico autorizará o no la realización de los cursos solicitados. En caso afirmativo, señalará el grado de prioridad en cada uno de ellos, y en supuesto de no autorizar la solicitud, deberá indicar los motivos que lo justifiquen. Esta solicitud será también visada por el/la Interlocutor/a de Formación correspondiente.
En cualquier caso, cuando el curso vaya a desarrollarse en el puesto de trabajo, el alumno deberá coordinar, con su responsable de Unidad, el tiempo destinado para la realización de la acción formativa, de forma que se garantice una correcta organización del trabajo.
No cabrá solicitar compensación horaria por la realización de cursos en formato virtual.
Cuarto.-Requisitos a adjuntar con la solicitud.
En el caso de solicitar los cursos 01126, 01127, 01131 y 01133, será condición imprescindible para la validez de la solicitud el presentar la acreditación de conocimientos básicos en Sistema Operativo Windows y Tratamiento de Textos Word, para el primer curso; para el resto de cursos que se indican, debe presentarse acreditación de conocimientos básicos en Sistema Operativo Windows, siempre que dichos conocimientos no hayan sido adquiridos en cursos realizados por el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid.
Esta documentación se enviará por correo postal, correo electrónico o fax, de forma simultánea a la solicitud de las acciones formativas citadas, al Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid.
Quinto.- Configuración técnica mínima de los equipos informáticos.
Los destinatarios de estas acciones formativas dispondrán de un equipo que tenga la siguiente configuración mínima:
- Hardware:
Pentium IV 400MHz
Memoria RAM 512 Mb
Disco Duro 20GB
Tarjeta de sonido 16 bits
- Software:
Microsoft Internet Explorer 5 o superior
Plugin de Flash (última versión)
Plugin de acrobat reader (última versión)
El monitor debe de tener como mínimo una resolución de 1024x768
- Requisitos de conectividad:
Conexión con la Intranet municipal (ayre).
Es preciso tener cuenta de correo electrónico operativa en el directorio municipal ubicado en ayre.
Podrán establecerse otros requisitos técnicos específicos, en cada acción formativa, que se comunicarán en la carta de convocatoria al alumno/a.
Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Séptimo.- Selección y convocatoria de alumnos/as .
1. Una vez realizada la tramitación de la solicitud, el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid procederá a la validación de las mismas, paso previo imprescindible para la admisión definitiva del alumno/a al curso. Este proceso incluye los siguientes controles:
a) Verificación de estar incluido en el colectivo destinatario al que se dirige la acción formativa.
b) Comprobación de que los contenidos del curso que solicita no están incluidos en otros cursos que haya realizado.
c) Grado de prioridad en la realización del curso: urgente o necesario.
Se denegarán las solicitudes que no cumplan con los criterios anteriores. En los casos en que la propuesta de la Unidad no sea favorable, la Comisión Municipal de Formación estudiará las causas de su denegación.
No se podrá realizar más de un curso virtual simultáneamente y, solamente con carácter excepcional, se podrán simultanear cursos virtuales y cursos presenciales.
2. Una vez realizada la selección de alumnos/as según los criterios de admisión, el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid enviará la carta de convocatoria al alumno/a de forma personalizada, a través del correo electrónico que figura en el directorio de la Intranet municipal, en la que se indicará: