BOAM nº 9537 (27/12/2023)
Distrito de Moncloa-Aravaca
3843
Decreto de 19 de diciembre de 2023 del Concejal Presidente del Distrito de Moncloa Aravaca, por el que se hace público el nombre de los centros educativos ganadores del XVI Certamen de Villancicos del Distrito de Moncloa-Aravaca 2023,En virtud de las competencias delegadas en los Concejales Presidentes de Distrito por acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 172, de 21 de julio de 2023)
DISPONGO
"PRIMERO: Conceder, de conformidad con las bases reguladoras de la Convocatoria del XVI Certamen de Villancicos del Distrito de Moncloa Aravaca 2023, en relación con la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos de 30/10/2013, los siguientes premios:
Primer premio, dotado con 600 euros, a:
Fundación Educativa Sofía Barat Sagrado Corazón de Jesús.
Segundo premio, dotado con 400 euros, a:
CEIP Fernández Moratín.
Tercer premio, dotado con 300 euros, a:
CC Sagrados Corazones (Comunidad Cristo Rey de Argüelles)
SEGUNDO: Disponer el gasto por importe de 1.300 euros con cargo a la partida 001/209/326.01/482.03 "Servicios Complementarios de Educación. Premios".
Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
1.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la presente publicación (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.
3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 19 de diciembre de 2023.- El Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca, Francisco de Borja Fanjul Fernández Pita.