BOAM nº 7942 (06/07/2017)
Distrito de Vicálvaro
1529
Resolución de 22 de junio de 2017 de la Coordinadora del Distrito de Vicálvaro por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid del listado de adjudicación de 15 puestos vacantes del mercadillo de la calle Villablanca, Distrito de Vicálvaro, expediente 119/2017/00520.Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, y el informe jurídico de fecha 08/06/2017, se aprobó con fecha 16/06/2017 por decreto del Concejal Presidente de este distrito, la adjudicación de los 15 puestos vacantes en el mercadillo de la calle Villablanca, aprobados en la relación de situados aislados en la vía pública y puestos de mercadillo, periódicos y sectoriales del Distrito de Vicálvaro para el año 2017.
La Coordinadora del Distrito de Vicálvaro en ejercicio de la competencia atribuida por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en artículo 2.3 de su Acuerdo de 10 de marzo de 2016, por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015, sobre "delegación de competencia en las Juntas Municipales, en los Concejales Presidentes y en los Gerentes de los Distritos", y a los efectos previstos en artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ordena la publicación en el BOAM de la siguiente propuesta de resolución:
"1.º Adjudicar los 15 puestos vacantes en el mercadillo de la calle Villablanca, aprobados en la relación de situados aislados en la vía pública y puestos de mercadillo, periódicos y sectoriales del Distrito de Vicálvaro para el año 2017, conforme a los criterios recogidos en la Instrucción sobre aprobación y publicación de situados en la vía pública y criterios de baremación para su adjudicación vigente que, cumpliendo los requisitos del artículo 11 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante, han obtenido mayor puntuación.
2.º Listado de adjudicación de puestos alimentarios (Anexo IV) y de no alimentarios (Anexo V), con número de puesto".
Contra la expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación, sin perjuicio de que el/la interesado/a ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas - BOE número 236, de 2 de octubre de 2015):
- Con carácter general, recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la presente publicación. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimado el mismo al objeto de interponer, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el mismo, recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o esperar a su resolución expresa.
- Directamente, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la presente publicación.
Madrid, a 22 de junio de 2017.- La Coordinadora del Distrito de Vicálvaro, Marta Arca Pérez.